Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062575)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomates del Guadiana, SC, en el término municipal de Medellín.
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NÚMERO 151
Lunes 5 de agosto de 2024
39326
RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental
integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomates del Guadiana, SC,
en el término municipal de Medellín. (2024062575)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La fábrica de conservas vegetales de Tomates del Guadiana, SC, cuenta con autorización ambiental integrada (AAI) otorgada mediante Resolución de 1 de julio de 2019, y
publicada en el DOE n.º 141, de 23 de julio.
Segundo. Con fechas de entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura de 18 y
25 de abril de 2024, Tomates del Guadiana, SC, aporta documentación técnica que justifica
que, durante los 5 últimos años, las instalaciones de combustión existentes en la fábrica de
conservas de tomate de más de 15 MW térmicos de potencia térmica nominal han trabajado
simultáneamente menos de 1.500 horas/año, y solicita se modifique su AAI considerando esta
circunstancia.
Tercero. La fábrica de conservas de Tomates del Guadiana, SC, se encuentra dentro del
ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por encontrarse en la categoría 9.1.b.ii del anexo I, del
Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, relativa a “Instalaciones
para tratamiento y transformación, diferente del mero envasado, de las siguientes materias
primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios
o piensos a partir de materia prima vegetal de una capacidad de producción de productos
acabados superior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un período no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera”.
Además, está incluida, como actividad secundaria, en la categoría 1.1.b del anexo I del Real
Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de septiembre, relativa a “Instalaciones de combustión con
una potencia térmica nominal total igual o superior a 50 MW: instalaciones de cogeneración,
calderas, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión
existente en una industria, sea esta o no su actividad principal”.
Cuarto. Las instalaciones se ubican en las parcelas número 10, 12 y 13 del polígono 13
del término municipal de Medellín (Badajoz). Las coordenadas UTM ED50 Huso 30 son: X:
239.000 Y: 4.320.000.
Quinto. Para dar cumplimiento al artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta DGS se dirigió mediante
Lunes 5 de agosto de 2024
39326
RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental
integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomates del Guadiana, SC,
en el término municipal de Medellín. (2024062575)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La fábrica de conservas vegetales de Tomates del Guadiana, SC, cuenta con autorización ambiental integrada (AAI) otorgada mediante Resolución de 1 de julio de 2019, y
publicada en el DOE n.º 141, de 23 de julio.
Segundo. Con fechas de entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura de 18 y
25 de abril de 2024, Tomates del Guadiana, SC, aporta documentación técnica que justifica
que, durante los 5 últimos años, las instalaciones de combustión existentes en la fábrica de
conservas de tomate de más de 15 MW térmicos de potencia térmica nominal han trabajado
simultáneamente menos de 1.500 horas/año, y solicita se modifique su AAI considerando esta
circunstancia.
Tercero. La fábrica de conservas de Tomates del Guadiana, SC, se encuentra dentro del
ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por encontrarse en la categoría 9.1.b.ii del anexo I, del
Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, relativa a “Instalaciones
para tratamiento y transformación, diferente del mero envasado, de las siguientes materias
primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios
o piensos a partir de materia prima vegetal de una capacidad de producción de productos
acabados superior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un período no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera”.
Además, está incluida, como actividad secundaria, en la categoría 1.1.b del anexo I del Real
Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de septiembre, relativa a “Instalaciones de combustión con
una potencia térmica nominal total igual o superior a 50 MW: instalaciones de cogeneración,
calderas, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión
existente en una industria, sea esta o no su actividad principal”.
Cuarto. Las instalaciones se ubican en las parcelas número 10, 12 y 13 del polígono 13
del término municipal de Medellín (Badajoz). Las coordenadas UTM ED50 Huso 30 son: X:
239.000 Y: 4.320.000.
Quinto. Para dar cumplimiento al artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta DGS se dirigió mediante