Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062607)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego por goteo de 87,56 ha de olivar superintensivo en la finca Dehesa Moruna, cuya promotora es Agroganadera Moheda, SL, en el término municipal de Benquerencia de la Serena. Expte.: IA21/1608.
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NÚMERO 151
Lunes 5 de agosto de 2024
39370
señala que no existen vertidos a la red de saneamiento municipal, por lo que no procede informar sobre dicho extremo. Concluye informando favorablemente el proyecto de
referencia.
— El entonces Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la antes Secretaría General
de Población y Desarrollo Rural, informa que, el proyecto no afecta a ninguna de las vías
pecuarias existentes en el término municipal de Benquerencia de la Serena.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la entonces Dirección General de Urbanismo
y Ordenación del Territorio, informa, sobre la normativa de aplicación, indica que el
término municipal de Benquerencia de la Serena está afectado por el Plan Territorial de
la Serena, que fue aprobado definitivamente por el Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura mediante el Decreto 59/2021, de 9 de junio (DOE 113, de 15 de junio de
2021) y dispone de planeamiento urbanístico vigente, mediante Normas Subsidiarias
con aprobación definitiva el 5 de febrero de 2005. Concluyendo que, el proyecto como
uso agropecuario (artículo 53), a desarrollar en el término municipal de Benquerencia
de la Serena, en la zona determinada como zonas de ordenación agraria y pastizales
(artículo 71.), es considerado un uso propio o permitido, siendo el objeto del presente
informe compatible con el Plan Territorial de la Serena.
— El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la entonces Dirección General de Política Forestal, informa sobre la normativa específica de incendios forestales:
• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y modificaciones posteriores.
• Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, y modificaciones posteriores.
• Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en
Extremadura.
• Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX).
• Las diferentes órdenes anuales de declaración de peligro (bajo, medio, alto), en función de las condiciones meteorológicas.
• Orden de 24 de octubre de 2016, Técnica del Plan de Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (PREIFEX).
Lunes 5 de agosto de 2024
39370
señala que no existen vertidos a la red de saneamiento municipal, por lo que no procede informar sobre dicho extremo. Concluye informando favorablemente el proyecto de
referencia.
— El entonces Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la antes Secretaría General
de Población y Desarrollo Rural, informa que, el proyecto no afecta a ninguna de las vías
pecuarias existentes en el término municipal de Benquerencia de la Serena.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la entonces Dirección General de Urbanismo
y Ordenación del Territorio, informa, sobre la normativa de aplicación, indica que el
término municipal de Benquerencia de la Serena está afectado por el Plan Territorial de
la Serena, que fue aprobado definitivamente por el Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura mediante el Decreto 59/2021, de 9 de junio (DOE 113, de 15 de junio de
2021) y dispone de planeamiento urbanístico vigente, mediante Normas Subsidiarias
con aprobación definitiva el 5 de febrero de 2005. Concluyendo que, el proyecto como
uso agropecuario (artículo 53), a desarrollar en el término municipal de Benquerencia
de la Serena, en la zona determinada como zonas de ordenación agraria y pastizales
(artículo 71.), es considerado un uso propio o permitido, siendo el objeto del presente
informe compatible con el Plan Territorial de la Serena.
— El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la entonces Dirección General de Política Forestal, informa sobre la normativa específica de incendios forestales:
• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y modificaciones posteriores.
• Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, y modificaciones posteriores.
• Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en
Extremadura.
• Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX).
• Las diferentes órdenes anuales de declaración de peligro (bajo, medio, alto), en función de las condiciones meteorológicas.
• Orden de 24 de octubre de 2016, Técnica del Plan de Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (PREIFEX).