Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Calidad De Los Alimentos. Ayudas. (2024062580)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas para promover la participación en los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2024.
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NÚMERO 150
Viernes 2 de agosto de 2024
38908
4. L
as personas beneficiarias deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Agencia Estatal y frente a la Seguridad Social impuestas por disposiciones
vigentes y no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma. La acreditación del
cumplimiento de estas obligaciones será en la forma prevista en el punto 6.e) del resuelvo
quinto de esta resolución.
Cuarto. Procedimiento de concesión y de convocatoria de la subvención, así como la
publicidad de la convocatoria.
1. El procedimiento de concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva y con
vocatoria periódica, en los términos establecidos en los capítulos I y II del título II de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo.
2. E
l procedimiento se iniciará de oficio mediante la presente resolución de convocatoria
pública aprobada por la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible, que se ajustará a las bases reguladoras, y se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, junto con sus extractos, obtenidos por con
ducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con el artículo 20.8.a) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Así mismo, la presente convocatoria será objeto de publicación en el Portal de Subvencio
nes de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.1 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura,
según prevé el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Ex
tremadura, (actualmente, https:/www.infosubvenciones.es/bdnstrans/AII/es/index), en el
Punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites (https://www.juntaex.es/),
y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (actualmente,
http://gobiernoabierto.juntaex.es/), el texto íntegro de la resolución de convocatoria y las
subvenciones concedidas, con indicación de la relación de las beneficiarias, el importe de
las ayudas y la identificación de la normativa reguladora.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes, documentación e informaciones que deben acompañarse a las mismas, identificación de los trámites que podrán
ser cumplimentados por los interesados por medios electrónicos y sistemas de comunicación utilizables.
1. L
a solicitud de la subvención, será conforme al modelo normalizado que obra en el anexo I
de la presente resolución y se dirigirán a la Dirección General de Agricultura y Ganadería de
la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura.
2. Las solicitudes serán cumplimentadas y presentadas, tanto por las personas físicas como jurí
dicas, de forma telemática, a través de la plataforma ARADO, situado en el web actualmente
Viernes 2 de agosto de 2024
38908
4. L
as personas beneficiarias deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Agencia Estatal y frente a la Seguridad Social impuestas por disposiciones
vigentes y no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma. La acreditación del
cumplimiento de estas obligaciones será en la forma prevista en el punto 6.e) del resuelvo
quinto de esta resolución.
Cuarto. Procedimiento de concesión y de convocatoria de la subvención, así como la
publicidad de la convocatoria.
1. El procedimiento de concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva y con
vocatoria periódica, en los términos establecidos en los capítulos I y II del título II de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo.
2. E
l procedimiento se iniciará de oficio mediante la presente resolución de convocatoria
pública aprobada por la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible, que se ajustará a las bases reguladoras, y se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, junto con sus extractos, obtenidos por con
ducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con el artículo 20.8.a) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Así mismo, la presente convocatoria será objeto de publicación en el Portal de Subvencio
nes de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.1 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura,
según prevé el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Ex
tremadura, (actualmente, https:/www.infosubvenciones.es/bdnstrans/AII/es/index), en el
Punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites (https://www.juntaex.es/),
y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (actualmente,
http://gobiernoabierto.juntaex.es/), el texto íntegro de la resolución de convocatoria y las
subvenciones concedidas, con indicación de la relación de las beneficiarias, el importe de
las ayudas y la identificación de la normativa reguladora.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes, documentación e informaciones que deben acompañarse a las mismas, identificación de los trámites que podrán
ser cumplimentados por los interesados por medios electrónicos y sistemas de comunicación utilizables.
1. L
a solicitud de la subvención, será conforme al modelo normalizado que obra en el anexo I
de la presente resolución y se dirigirán a la Dirección General de Agricultura y Ganadería de
la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura.
2. Las solicitudes serán cumplimentadas y presentadas, tanto por las personas físicas como jurí
dicas, de forma telemática, a través de la plataforma ARADO, situado en el web actualmente