Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Funcionarios De Administración Local. (2024062601)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Dirección General de Administración Local, por la que se modifican los puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata (Cáceres), reservados a funcionarios de la Escala de Administración Local con habilitación nacional.
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NÚMERO 150
Viernes 2 de agosto de 2024

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tónoma de acuerdo con el artículo 92.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y los criterios establecidos en el capítulo II del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, que resulten aplicables.
Los artículos 8 y siguientes del citado real decreto atribuyen a las Comunidades Autónomas
la competencia para clasificar los puestos de trabajo de existencia obligatoria reservados a
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Tercero. El artículo 6 del citado reglamento establece que son puestos de trabajo reservados
a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional los que tengan
expresamente atribuida, según corresponda, la responsabilidad administrativa de las funciones reservadas de fe pública y asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna
de la gestión económico financiera y presupuestaria y función de contabilidad, y/o tesorería
y recaudación, debiendo ser la relación de puestos de trabajo de la entidad o instrumento
organizativo similar de cada entidad local, donde quedará reflejada la denominación y características esenciales de dicho puesto reservado.
Asimismo, el artículo 8 determina la existencia obligatoria en todas las entidades locales de un
puesto de trabajo denominado Secretaría, al que le corresponde la responsabilidad administrativa de las funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo. Los puestos de trabajo
de Secretaría de las Entidades Locales serán clasificados por las Comunidades Autónomas, en
alguna de las siguientes clases:
— Clase segunda: Secretarías de Ayuntamiento de municipios cuya población está comprendida entre 5.001 y 20.000 habitantes, así como los de población inferior a 5.001
habitantes, cuyo presupuesto supere los 3.000.000 de euros.
Y respecto a los puestos de Tesorería, el artículo 14 determina la existencia de un puesto de
Tesorería en todas las corporaciones locales cuya Secretaría esté clasificada en primera o
segunda clase, que estará reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación
nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería.
Cuarto. El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata ha tramitado expediente de aprobación
de la relación de puestos de trabajo, modificando la clasificación de los puestos de Secretaría
e Intervención, de clase primera a clase segunda, puestos que están reservados a funcionarios de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de
Secretaría, categoría de entrada, en lugar de categoría superior, al cambiar la clasificación
de los mismos, en los términos establecidos en los artículos 6, 7 y 8.1.b), respecto al puesto
de Secretaría, y artículos 11.1º y 13.2º, respecto al puesto de Intervención, todos del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
La modificación de la clasificación de los referidos puestos es consecuencia de la potestad de
autoorganización de la entidad local; constituye, pues, la manifestación del ejercicio de una