Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062576)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomalia, SCUG, en el término municipal de Santa Amalia.
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 150
38836
Viernes 2 de agosto de 2024
ción suministrada de conformidad con lo establecido en el capítulo II del Decreto 49/2015,
de 30 de marzo. Dicho informe deberá presentarse 3 meses antes de que expire el plazo.
3. El ejercicio de la actividad se desarrollará con estricto cumplimiento de las obligaciones
impuestas por la legislación sectorial que resulte de aplicación. En particular, por la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Por
el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades
potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de
suelos contaminados, por la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y por el Decreto 49/2015, de 30 de marzo, por el
que se regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
4. En caso de producirse cualquier incidente en la actividad que pueda causar una afección al
suelo, así como si en el emplazamiento se detectaran indicios de contaminación del suelo,
el titular de la actividad informará inmediatamente de estas circunstancias a la DGS, a fin
de adoptar las medidas que se estimen necesarias.
e) Medidas de protección y control de la contaminación acústica
1. A
continuación se muestra la identificación de fuentes sonoras de la actividad recogida en
el proyecto básico aportado por el titular de la actividad:
IDENTIFICACIÓN DE FOCOS DE EMISIÓN DE RUIDOS Y VIBRACIONES
N.º
Denominación
Nivel de emisión
1
Evaporador 1
90 dB(A)
2
Evaporador 2
90 dB(A)
3
Preconcentrador
90 dB(A)
4
Grupo Hot break
95 dB(A)
5
Grupo torre refrigeración 1, 2 y 3
95 dB(A)
6
Calderas de vapor
80 dB(A)
7
Unidad de condensadora IF
85 dB(A)
8
Descarga de tomate
90 dB(A)
9
Depuradora
90 dB(A)
10
Equipo interiores producción de concentrados
90 dB(A)
11
Equipos interiores
90 dB(A)
38836
Viernes 2 de agosto de 2024
ción suministrada de conformidad con lo establecido en el capítulo II del Decreto 49/2015,
de 30 de marzo. Dicho informe deberá presentarse 3 meses antes de que expire el plazo.
3. El ejercicio de la actividad se desarrollará con estricto cumplimiento de las obligaciones
impuestas por la legislación sectorial que resulte de aplicación. En particular, por la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Por
el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades
potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de
suelos contaminados, por la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y por el Decreto 49/2015, de 30 de marzo, por el
que se regula el régimen jurídico de los suelos contaminados en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
4. En caso de producirse cualquier incidente en la actividad que pueda causar una afección al
suelo, así como si en el emplazamiento se detectaran indicios de contaminación del suelo,
el titular de la actividad informará inmediatamente de estas circunstancias a la DGS, a fin
de adoptar las medidas que se estimen necesarias.
e) Medidas de protección y control de la contaminación acústica
1. A
continuación se muestra la identificación de fuentes sonoras de la actividad recogida en
el proyecto básico aportado por el titular de la actividad:
IDENTIFICACIÓN DE FOCOS DE EMISIÓN DE RUIDOS Y VIBRACIONES
N.º
Denominación
Nivel de emisión
1
Evaporador 1
90 dB(A)
2
Evaporador 2
90 dB(A)
3
Preconcentrador
90 dB(A)
4
Grupo Hot break
95 dB(A)
5
Grupo torre refrigeración 1, 2 y 3
95 dB(A)
6
Calderas de vapor
80 dB(A)
7
Unidad de condensadora IF
85 dB(A)
8
Descarga de tomate
90 dB(A)
9
Depuradora
90 dB(A)
10
Equipo interiores producción de concentrados
90 dB(A)
11
Equipos interiores
90 dB(A)