Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062576)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomalia, SCUG, en el término municipal de Santa Amalia.
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NÚMERO 150

38867

Viernes 2 de agosto de 2024

8. Se concede esta Autorización dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros, quedando obligado el TA a demoler o modificar por su parte las obras, cuando la
Administración lo ordene por interés general, sin derecho a indemnización alguna.
9. Esta Autorización no faculta por sí sola para ejecutar obras en zonas sujetas a algún tipo
de limitación en su destino o uso con la aplicación de la normativa vigente; por lo que el
TA habrá de obtener, en su caso, las pertinentes autorizaciones de los Organismos competentes de la Administración correspondiente. En todo caso, esta Autorización no exime de
cualquier otra que sea necesaria conforme a otras leyes para la actividad o instalación de
que se trate.
10. La presente Autorización podrá ser revocada por incumplimiento de cualquiera de las
condiciones de la presente Autorización.
El incumplimiento de las referidas condiciones podrá ser considerado infracción administrativa
de acuerdo con lo previsto en el artículo 315 y siguientes del RDPH, siendo de aplicación las
sanciones y determinaciones a que se refiere el Título V del citado Reglamento.
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 apartado 2 del texto refundido de la Ley
de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y modificado por la
Ley 62/2003, de 30 de diciembre, esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la
misma puede interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses
a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
(BOE n.º 167, de 14-07-98).
Asimismo, contra esta Resolución puede interponerse potestativamente recurso de reposición
en el plazo de un mes, a partir de la fecha de su notificación, ante el Excmo. Sr. Presidente
de este Organismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 y siguientes de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27-11-92), modificada por la Ley 4/1999, de
13 de enero (BOE de 14-01-99).
Informa Favorablemente
El Jefe del Área,
DOMINGO FERNÁNDEZ
CARRILLO

Propone la
Resolución el
Comisario de Aguas,

Resuelve
El Presidente,
Fecha:

TIMOTEO PEREA
TRIBALDOS

JOSÉ IGNACIO SÁNCHEZ
SÁNCHEZ-MORA