Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062576)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomalia, SCUG, en el término municipal de Santa Amalia.
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NÚMERO 150
Viernes 2 de agosto de 2024

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III. C
 audales y valores límite de emisión.
1. El volumen anual máximo de aguas residuales depuradas que se autoriza a verter al arroyo
de Cagánchez a través del Desagüe de Riego D-XXIV-31 de la Zona Regable de Orellana
es de 302.400 m3.
2. Las características cualitativas del vertido autorizado deberán cumplir los siguientes valores límite de emisión:
Sólidos en suspensión: Menor o igual a 35 mg/I.
DBO5: Menor o igual a 25 mg/l.
DQO: Menor o igual a 125 mg/l.
Sin perjuicio de que se fijen condiciones más restrictivas en la Autorización, a la vista de
los efectos producidos por el vertido sobre el medio receptor o porque haya que adecuarlos
a lo que determine el Plan Hidrológico de cuenca o cualquier norma legal vigente.
3. L
 os valores límite de emisión no podrán alcanzarse mediante técnicas de dilución.
IV. Instalaciones de depuración y evacuación.
1. Descripción:
Línea de Agua:
— Elevación.
— Filtración y compactación de materiales filtrados.
— Separación de arena.
— Oxidación biológica 1.ª y 2.ª fase.
— Decantación.
— Descarga, medición del caudal y recirculación del agua a descarga.
Línea de fangos:
— Extracción y recirculación de fangos.
— Deshidratación mecánica de fangos.