Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062576)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomalia, SCUG, en el término municipal de Santa Amalia.
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NÚMERO 150
Viernes 2 de agosto de 2024

38828

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental
integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomalia, SCUG, en el
término municipal de Santa Amalia. (2024062576)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La fábrica de conservas vegetales de Tomalia, SCUG, cuenta con autorización ambiental integrada (AAI) otorgada mediante Resolución de 8 de enero de 2020, y publicada en
el DOE n.º 21, de 31 de enero de 2020.
Segundo. Con fecha de entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura de 24 de
abril de 2024, Tomalia, SCUG, aporta documentación técnica que justifica que, durante los 5
últimos años, las instalaciones de combustión existentes en la fábrica de conservas de tomate de más de 15 MW térmicos de potencia térmica nominal han trabajado simultáneamente
menos de 1.500 horas/año, y solicita se modifique su AAI considerando esta circunstancia.
Tercero. La fábrica de conservas de Tomalia, SCUG, se encuentra dentro del ámbito de
aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por encontrarse en la categoría 9.1.b.ii del anexo I, del Real Decreto
Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
de prevención y control integrados de la contaminación, relativa a “Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente del mero envasado, de las siguientes materias primas,
tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a
partir de materia prima vegetal de una capacidad de producción de productos acabados superior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione
durante un período no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera”. Además, está
incluida, como actividad secundaria, en la categoría 1.1.b del anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de septiembre, relativa a “Instalaciones de combustión con una potencia
térmica nominal total igual o superior a 50 MW: instalaciones de cogeneración, calderas, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión existente en
una industria, sea ésta o no su actividad principal”.
Cuarto. Las instalaciones se ubican en las parcelas número 10, 5014 y 5025 del polígono 12
y parcela 9013 del polígono 11 del término municipal de Santa Amalia (Badajoz). Las coordenadas UTM ED50 Huso 29 son: X: 759379.63Y: 4323381.05.
Quinto. Para dar cumplimiento al artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta DGS se dirigió mediante
escritos de 3 de julio de 2024 a Tomalia, SCUG, a la Confederación Hidrográfica del Guadiana