Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2024040115)
Decreto 70/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la compensación de los efectos provocados por el incremento de los costes en las empresas de Extremadura como consecuencia del aumento de la inflación, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 150
Viernes 2 de agosto de 2024

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3. E
 n todo caso, la cuantía de la ayuda no podrá ser superior a 20.000 euros por empresa.
Artículo 6. Procedimiento de concesión de las ayudas.
1. El procedimiento para la concesión de las subvenciones previstas en el presente decreto
se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica,
de conformidad con lo establecido en el capítulo II del título II de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. En virtud de lo anterior, las subvenciones se concederán tras la comparación de las soli­
citudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con
los criterios de valoración fijados en las presentes bases reguladoras y en la convocatoria;
adjudicándose, con el límite fijado en la misma dentro del crédito disponible, aquellas que
hayan obtenido una mayor valoración en aplicación de los citados criterios. No será nece­
sario fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos
establecidos, cuando el crédito consignado en la convocatoria fuese suficiente, atendiendo
al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.
Artículo 7. Procedimiento de convocatoria.
El procedimiento para la concesión de las subvenciones previstas en el presente decreto se
iniciará de oficio mediante la única convocatoria de estas ayudas que se incorpora al presen­
te decreto en su disposición adicional única, de acuerdo con la modificación efectuada en la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
mediante la disposición final tercera del Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas ex­
traordinarias al sector del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal
por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de juego,
simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos (DOE núm. 108, de 5 de
junio).
Artículo 8. Criterios de valoración y ponderación.
1. L
 as solicitudes admitidas se valorarán conforme a los siguientes criterios:
1. M
 ayor diferencia en el incremento producido entre los gastos de aprovisionamiento del
ejercicio 2022 y los declarados en el año 2021 por este mismo concepto, a nivel porcen­
tual. Se concederán hasta 25 puntos, conforme al siguiente desglose:


a. D
 iferencia de más del 50%: 25 puntos.



b. D
 iferencia entre el 40% y el 50%: 20 puntos.