Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2024062547)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de las subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 148
Miércoles 31 de julio de 2024
38343
créditos correspondientes a servicios y programas del ámbito laboral, distribuidos entre las
distintas comunidades autónomas con competencias de gestión de dichos créditos, en aplicación del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
En relación con ello, el artículo 4.11 de la Orden TES/602/2024, de 10 de junio, por la que
se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2024, para su gestión por las
comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados
con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (BOE n.º 145, de 15 de junio de 2024) establece que, con cargo a los fondos asignados mediante dicha orden, sólo se podrán financiar
iniciativas de formación en el trabajo incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas
cuya gestión corresponde al Servicio Público de Empleo Estatal, que no correspondan con
certificados profesionales, con excepción de los programas formativos con compromiso de
contratación, dentro de las iniciativas de formación en el trabajo dirigidas prioritariamente a
los trabajadores desempleados, que podrán incluir acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados profesionales.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante Orden de 27 de marzo
de 2023, se adecúa la citada normativa estatal a las peculiaridades propias y las normas de
organización y procedimiento de la Administración de la Comunidad Autónoma, regulando la
programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida
a personas trabajadoras desempleadas y estableciendo las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.
El artículo 66.1.a) de dicha orden establece que se tramitarán en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, las subvenciones destinadas a financiar las acciones
formativas con compromiso de contratación.
El artículo 67 de la citada orden establece que el procedimiento de concesión se iniciará de
oficio, precedido de la correspondiente convocatoria, que será publicada en el Diario Oficial
de Extremadura (http://doe.juntaex.es), en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), así como
en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es).
El extracto de la convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones se publicará en el Diario Oficial de Extremadura junto con
la resolución de aprobación de la misma.
De acuerdo con lo anterior, la presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de
2024 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Miércoles 31 de julio de 2024
38343
créditos correspondientes a servicios y programas del ámbito laboral, distribuidos entre las
distintas comunidades autónomas con competencias de gestión de dichos créditos, en aplicación del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
En relación con ello, el artículo 4.11 de la Orden TES/602/2024, de 10 de junio, por la que
se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2024, para su gestión por las
comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados
con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (BOE n.º 145, de 15 de junio de 2024) establece que, con cargo a los fondos asignados mediante dicha orden, sólo se podrán financiar
iniciativas de formación en el trabajo incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas
cuya gestión corresponde al Servicio Público de Empleo Estatal, que no correspondan con
certificados profesionales, con excepción de los programas formativos con compromiso de
contratación, dentro de las iniciativas de formación en el trabajo dirigidas prioritariamente a
los trabajadores desempleados, que podrán incluir acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados profesionales.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante Orden de 27 de marzo
de 2023, se adecúa la citada normativa estatal a las peculiaridades propias y las normas de
organización y procedimiento de la Administración de la Comunidad Autónoma, regulando la
programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida
a personas trabajadoras desempleadas y estableciendo las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.
El artículo 66.1.a) de dicha orden establece que se tramitarán en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, las subvenciones destinadas a financiar las acciones
formativas con compromiso de contratación.
El artículo 67 de la citada orden establece que el procedimiento de concesión se iniciará de
oficio, precedido de la correspondiente convocatoria, que será publicada en el Diario Oficial
de Extremadura (http://doe.juntaex.es), en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), así como
en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es).
El extracto de la convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones se publicará en el Diario Oficial de Extremadura junto con
la resolución de aprobación de la misma.
De acuerdo con lo anterior, la presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de
2024 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.