Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2024062542)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Gerencia, por la que se anuncia la convocatoria de pruebas selectivas, por promoción interna en el puesto, del personal laboral de Administración y Servicios, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 148
Miércoles 31 de julio de 2024
38232
• Dos puestos de trabajo de Técnico Especialista (Experimentación Animal), Subgrupo C1.
Tercera. Requisitos de las personas aspirantes.
3.1. Para ser admitida a la realización de estas pruebas selectivas, las personas aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser personal fijo de plantilla, acogido al IV Convenio Colectivo para personal laboral de
Administración y Servicios. Con la salvedad establecida para las personas excedentes
por cuidados familiares, el resto de excedentes voluntarios deberán haber cumplido el
plazo mínimo de excedencia.
b) Estar en posesión del título académico exigido para ingreso en el correspondiente Subgrupo.
Subgrupo A2: Título universitario de Grado, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto
Técnico o títulos equivalentes reconocidos oficialmente.
Subgrupo C1: Título de Bachiller, de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio),
o títulos equivalentes reconocidos oficialmente, haber superado las pruebas de acceso
a la Universidad para mayores de 25 años o acreditar una antigüedad de diez años en
categorías inferiores, o de cinco años y haber superado un curso específico de formación
convocado por la Universidad de Extremadura a efectos de promoción interna.
Las personas que concurran a los puestos convocados de Técnico Especialista (Experimentación Animal), deberán encontrarse en posesión de la titulación profesional que
acredite para el desempeño de la Función A, Función B y Función C según el “Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables
para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos” y la “Orden ECC/566/2015 por la que se establecen los requisitos de capacitación
que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados
con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia”.
Estas funciones tienen la siguiente equivalencia establecida en el derogado Real Decreto
1201/2005, de 10 de octubre, sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos y la Orden ECC/555/2015:
• La Categoría A es equivalente a la suma de las Funciones A y B.
• La Categoría B es equivalente a la suma de Funciones B y C.
c) Las personas participantes al proceso objeto de esta resolución, deberán hacerlo en el
campo o campos de conocimiento al que esté adscrito el puesto de trabajo que ocupen,
conforme a la relación de puestos de trabajo vigente al momento de la convocatoria.
Miércoles 31 de julio de 2024
38232
• Dos puestos de trabajo de Técnico Especialista (Experimentación Animal), Subgrupo C1.
Tercera. Requisitos de las personas aspirantes.
3.1. Para ser admitida a la realización de estas pruebas selectivas, las personas aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser personal fijo de plantilla, acogido al IV Convenio Colectivo para personal laboral de
Administración y Servicios. Con la salvedad establecida para las personas excedentes
por cuidados familiares, el resto de excedentes voluntarios deberán haber cumplido el
plazo mínimo de excedencia.
b) Estar en posesión del título académico exigido para ingreso en el correspondiente Subgrupo.
Subgrupo A2: Título universitario de Grado, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto
Técnico o títulos equivalentes reconocidos oficialmente.
Subgrupo C1: Título de Bachiller, de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio),
o títulos equivalentes reconocidos oficialmente, haber superado las pruebas de acceso
a la Universidad para mayores de 25 años o acreditar una antigüedad de diez años en
categorías inferiores, o de cinco años y haber superado un curso específico de formación
convocado por la Universidad de Extremadura a efectos de promoción interna.
Las personas que concurran a los puestos convocados de Técnico Especialista (Experimentación Animal), deberán encontrarse en posesión de la titulación profesional que
acredite para el desempeño de la Función A, Función B y Función C según el “Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables
para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos” y la “Orden ECC/566/2015 por la que se establecen los requisitos de capacitación
que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados
con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia”.
Estas funciones tienen la siguiente equivalencia establecida en el derogado Real Decreto
1201/2005, de 10 de octubre, sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos y la Orden ECC/555/2015:
• La Categoría A es equivalente a la suma de las Funciones A y B.
• La Categoría B es equivalente a la suma de Funciones B y C.
c) Las personas participantes al proceso objeto de esta resolución, deberán hacerlo en el
campo o campos de conocimiento al que esté adscrito el puesto de trabajo que ocupen,
conforme a la relación de puestos de trabajo vigente al momento de la convocatoria.