Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Acuerdo Para El Empleo Y La Protección Social Agrarios. Ayudas. (2024062472)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a Entidades Locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.
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NÚMERO 147
37933
Martes 30 de julio de 2024
Esta convocatoria está autorizada previamente por el Consejo de Gobierno, de conformidad
con el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, al superar los 900.000 euros.
El plazo máximo de resolución de estas subvenciones será de seis meses a partir de la fecha
de presentación de las solicitudes de ayudas por las entidades locales interesadas, de acuerdo
con la excepción dispuesta en el artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura.
El presupuesto destinado a esta convocatoria asciende a cinco millones cuatrocientos setenta
y dos mil trescientos cuarenta euros (5.472.340 euros), con cargo al Fondo de Compensación
Interterritorial del Estado para Extremadura. No obstante, esta dotación podrá aumentarse
en función de las disponibilidades presupuestarias, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por todo ello, previo acuerdo favorable del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de
fecha 2 de julio de 2024, y de conformidad con los artículos 58 y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y finalidad.
1. La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de las ayudas a entidades locales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la cofinanciación de obras o servicios de
interés general y social realizadas por las mismas, acogidas al Acuerdo para el Empleo y la
Protección Social Agrarios (en lo sucesivo, AEPSA) y aprobadas por el Servicio Público de
Empleo Estatal (en lo sucesivo, SEPE).
2. La ayuda asignada a cada entidad local se destinará a sufragar todos aquellos gastos necesarios en la realización de las obras o servicios de interés general y social y que vengan
especificados en el proyecto o memoria valorada, en su caso, aprobados por el SEPE mediante resolución de concesión de la ayuda para la contratación de personas trabajadoras.
Todo ello, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante el Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en
el ámbito del Acuerdo para el empleo y la protección social agrarios (publicado en el DOE
n.º 119, de 22 de junio).
37933
Martes 30 de julio de 2024
Esta convocatoria está autorizada previamente por el Consejo de Gobierno, de conformidad
con el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, al superar los 900.000 euros.
El plazo máximo de resolución de estas subvenciones será de seis meses a partir de la fecha
de presentación de las solicitudes de ayudas por las entidades locales interesadas, de acuerdo
con la excepción dispuesta en el artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura.
El presupuesto destinado a esta convocatoria asciende a cinco millones cuatrocientos setenta
y dos mil trescientos cuarenta euros (5.472.340 euros), con cargo al Fondo de Compensación
Interterritorial del Estado para Extremadura. No obstante, esta dotación podrá aumentarse
en función de las disponibilidades presupuestarias, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por todo ello, previo acuerdo favorable del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de
fecha 2 de julio de 2024, y de conformidad con los artículos 58 y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y finalidad.
1. La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de las ayudas a entidades locales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la cofinanciación de obras o servicios de
interés general y social realizadas por las mismas, acogidas al Acuerdo para el Empleo y la
Protección Social Agrarios (en lo sucesivo, AEPSA) y aprobadas por el Servicio Público de
Empleo Estatal (en lo sucesivo, SEPE).
2. La ayuda asignada a cada entidad local se destinará a sufragar todos aquellos gastos necesarios en la realización de las obras o servicios de interés general y social y que vengan
especificados en el proyecto o memoria valorada, en su caso, aprobados por el SEPE mediante resolución de concesión de la ayuda para la contratación de personas trabajadoras.
Todo ello, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante el Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en
el ámbito del Acuerdo para el empleo y la protección social agrarios (publicado en el DOE
n.º 119, de 22 de junio).