Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062560)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura y Unicaja Banco, SA, por el que se determinan los requisitos técnicos, medios de pagos y demás obligaciones relacionados con el servicio de pago denominado "50% de la deuda comercial, subvenciones y otros pagos 2".
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NÚMERO 147
Martes 30 de julio de 2024
38058
mas del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas
urgentes en materia financiera, así como el resto de normativa reguladora de los servicios de
pago vigente en cada momento.
Asimismo, asume las siguientes obligaciones:
— La entidad financiera ejecutará las transferencias ordenadas relativas al presente servico de pago con el carácter de “inmediatas” conforme a la definición establecida en el
artículo artículo 2.1.bis) del Reglamento (UE) n.o 260/2012 en la redacción dada por el
Reglamento (UE) 2024/886 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de
2024, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 260/2012 y (UE) 2021/1230 y
las Directivas 98/26/CE y (UE) 2015/2366 en lo que respecta a las transferencias inmediatas en euros.
— Facilitar a la Tesorería de la Comunidad Autónoma, en caso de que le sea requerido, la
verificación sobre titularidad de cuentas bancarias de la propia entidad, respetándose
en todo caso la protección de datos de carácter personal.
— Informar sobre los cambios en la numeración de cuentas propia de la entidad a requerimiento de la Tesorería.
— Adherirse al sistema de pago telemático de ingresos a favor de la Junta de Extremadura
en su modalidad de cargo en cuenta, siempre y cuando el mismo esté técnicamente
operativo mientras el convenio se encuentre vigente.
— Poner a disposición de la Junta de Extremadura su sistema de Banca Electrónica en las
condiciones establecidas en el anexo a este convenio.
— Poner a disposición de la Junta de Extremadura una unidad especializada con atención
exclusiva a su gestión. Incluye tratamiento y seguimiento personalizado transferencias
NO SEPA que se realicen a través de la entidad.
La Junta de Extremadura se compromete con carácter general, siempre que ello sea posible
y no exista ninguna dificultad de carácter técnico, a realizar los pagos correspondientes a
50% de la deuda comercial, subvenciones y otros pagos 2 a través de las cuentas que tenga
abiertas en la entidad financiera Unicaja Banco, SA.
Tercera. Aportaciones económicas de cada una de las partes.
Las condiciones económicas relativas a tipos de interés, comisiones por mantenimiento u otro
tipo de operativa bancaria serán las recogidas en el anexo del convenio. La entidad financiera,
en caso de que excepcionalmente fuese necesario, emitirá factura electrónica con arreglo a
Martes 30 de julio de 2024
38058
mas del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas
urgentes en materia financiera, así como el resto de normativa reguladora de los servicios de
pago vigente en cada momento.
Asimismo, asume las siguientes obligaciones:
— La entidad financiera ejecutará las transferencias ordenadas relativas al presente servico de pago con el carácter de “inmediatas” conforme a la definición establecida en el
artículo artículo 2.1.bis) del Reglamento (UE) n.o 260/2012 en la redacción dada por el
Reglamento (UE) 2024/886 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de
2024, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 260/2012 y (UE) 2021/1230 y
las Directivas 98/26/CE y (UE) 2015/2366 en lo que respecta a las transferencias inmediatas en euros.
— Facilitar a la Tesorería de la Comunidad Autónoma, en caso de que le sea requerido, la
verificación sobre titularidad de cuentas bancarias de la propia entidad, respetándose
en todo caso la protección de datos de carácter personal.
— Informar sobre los cambios en la numeración de cuentas propia de la entidad a requerimiento de la Tesorería.
— Adherirse al sistema de pago telemático de ingresos a favor de la Junta de Extremadura
en su modalidad de cargo en cuenta, siempre y cuando el mismo esté técnicamente
operativo mientras el convenio se encuentre vigente.
— Poner a disposición de la Junta de Extremadura su sistema de Banca Electrónica en las
condiciones establecidas en el anexo a este convenio.
— Poner a disposición de la Junta de Extremadura una unidad especializada con atención
exclusiva a su gestión. Incluye tratamiento y seguimiento personalizado transferencias
NO SEPA que se realicen a través de la entidad.
La Junta de Extremadura se compromete con carácter general, siempre que ello sea posible
y no exista ninguna dificultad de carácter técnico, a realizar los pagos correspondientes a
50% de la deuda comercial, subvenciones y otros pagos 2 a través de las cuentas que tenga
abiertas en la entidad financiera Unicaja Banco, SA.
Tercera. Aportaciones económicas de cada una de las partes.
Las condiciones económicas relativas a tipos de interés, comisiones por mantenimiento u otro
tipo de operativa bancaria serán las recogidas en el anexo del convenio. La entidad financiera,
en caso de que excepcionalmente fuese necesario, emitirá factura electrónica con arreglo a