Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062560)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura y Unicaja Banco, SA, por el que se determinan los requisitos técnicos, medios de pagos y demás obligaciones relacionados con el servicio de pago denominado "50% de la deuda comercial, subvenciones y otros pagos 2".
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NÚMERO 147
38056
Martes 30 de julio de 2024
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y UNICAJA BANCO, SA, POR EL QUE
SE DETERMINAN LOS REQUISITOS TÉCNICOS, MEDIOS DE PAGOS Y DEMÁS
OBLIGACIONES RELACIONADOS CON EL SERVICIO DE PAGO DENOMINADO
“50% DE LA DEUDA COMERCIAL, SUBVENCIONES Y OTROS PAGOS 2”
Mérida, 5 de julio de 2024.
INTERVIENEN
De una parte, D.ª Elena Manzano Silva, en nombre y representación de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, actuando en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 18/2023, de 21 de julio (DOE n.º 140).
De otra parte, Ignacio González Ascarza según escritura de poder de fecha 9/3/2018, otorgada ante el Notario de Oviedo, D. Luis Ignacio Fernández Posada, al número___ de su
protocolo, actuando en nombre y representación de la entidad Unicaja Banco, SA, con NIF
A-93139053 y con domicilio social en Avenida de Andalucía, 10-12, Málaga.
Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio,
y en su virtud
EXPONEN
Primero. La Consejería de Hacienda y Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 28 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, es el órgano superior al
que le corresponden las competencias en materia de Hacienda y, por tanto, las funciones de
Tesorería recogidas en el artículo 101 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura.
Unicaja Banco, SA, es una entidad de crédito inscrita en el Registro Administrativo del Banco
de España y sujeta a su supervisión , que tiene por objeto social, entre otros, la realización
de toda clase de actividades, operaciones, actos, contratos y servicios propios del negocio de
banca en general o que con él se relacionen directa o indirectamente y que le estén permitidas
por la legislación vigente.
Segundo. La Ley General de la Hacienda Pública de Extremadura atribuye a la Tesorería de la
Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones de pago de las obligaciones de la Comunidad Autónoma y de recaudación de sus derechos, así como de distribución en el tiempo y en
el territorio de las disponibilidades necesarias para la puntual satisfacción tales obligaciones.
38056
Martes 30 de julio de 2024
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y UNICAJA BANCO, SA, POR EL QUE
SE DETERMINAN LOS REQUISITOS TÉCNICOS, MEDIOS DE PAGOS Y DEMÁS
OBLIGACIONES RELACIONADOS CON EL SERVICIO DE PAGO DENOMINADO
“50% DE LA DEUDA COMERCIAL, SUBVENCIONES Y OTROS PAGOS 2”
Mérida, 5 de julio de 2024.
INTERVIENEN
De una parte, D.ª Elena Manzano Silva, en nombre y representación de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, actuando en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 18/2023, de 21 de julio (DOE n.º 140).
De otra parte, Ignacio González Ascarza según escritura de poder de fecha 9/3/2018, otorgada ante el Notario de Oviedo, D. Luis Ignacio Fernández Posada, al número___ de su
protocolo, actuando en nombre y representación de la entidad Unicaja Banco, SA, con NIF
A-93139053 y con domicilio social en Avenida de Andalucía, 10-12, Málaga.
Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio,
y en su virtud
EXPONEN
Primero. La Consejería de Hacienda y Administración Pública, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 28 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, es el órgano superior al
que le corresponden las competencias en materia de Hacienda y, por tanto, las funciones de
Tesorería recogidas en el artículo 101 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda
Pública de Extremadura.
Unicaja Banco, SA, es una entidad de crédito inscrita en el Registro Administrativo del Banco
de España y sujeta a su supervisión , que tiene por objeto social, entre otros, la realización
de toda clase de actividades, operaciones, actos, contratos y servicios propios del negocio de
banca en general o que con él se relacionen directa o indirectamente y que le estén permitidas
por la legislación vigente.
Segundo. La Ley General de la Hacienda Pública de Extremadura atribuye a la Tesorería de la
Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones de pago de las obligaciones de la Comunidad Autónoma y de recaudación de sus derechos, así como de distribución en el tiempo y en
el territorio de las disponibilidades necesarias para la puntual satisfacción tales obligaciones.