Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062556)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, por el que se determinan los requisitos técnicos, medios de pagos y demás obligaciones relacionados con el servicio de pago denominado "Nómina de Personal Docente".
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NÚMERO 147
Martes 30 de julio de 2024

38012

— Para la disposición de los fondos de las cuentas se estará a lo dispuesto en el artículo 7
del Decreto 25/1994 por el que se desarrolla el Régimen de la Tesorería y coordinación
presupuestaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, pondrá a disposición de la Tesorería de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, sin coste adicional alguno, un sistema de banca electrónica que
permita la realización de las operaciones de pago, en caso de que fuese así autorizado por
la Comunidad Autónoma de Extremadura, la consulta de saldos, la obtención de información
sobre cargos y abonos, etc. El sistema deberá incorporar los más altos niveles de seguridad
de acceso y transmisión, garantizando la total confidencialidad en el tratamiento de la información. La Entidad formará, si así se le requiriese, al personal del Centro en dicho sistema.
A través del sistema de banca electrónica la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura dispondrá de los extractos y justificantes de los cargos y abonos que se produzcan,
dentro de las 24 horas siguientes a la ordenación de las operaciones. Los justificantes de
cargos y abonos se presentarán con el máximo detalle.
A través del sistema de banca electrónica la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura dispondrá de los justificantes de saldo y de movimiento que requieran y, en todo caso,
dispondrán de un certificado de saldo con una periodicidad mínima trimestral.
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, deberá designar a un representante para que actúe
como interlocutor ante la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la resolución de los problemas que pudieran derivarse de la ejecución del presente Convenio.
— Los pagos se realizarán mediante transferencias bancarias, cargos en cuenta y, si fuese
necesario, mediante cheques nominativos.
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, deberá garantizar que la Tesorería de la Comunidad
Autónoma de Extremadura le pueda cursar una relación nominativa, por medios telemáticos,
de las transferencias a realizar por esta, haciendo constar los datos que identifiquen a los
perceptores y sus cuentas corrientes.
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, será responsable de las transferencias que, por error, se
efectúen por un importe distinto o a cuenta diferente de la designada en la orden, excepto que
el error se detecte en la documentación que facilite la Tesorería de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA, deberá comunicar a la Tesorería de la
Comunidad Autónoma de Extremadura la existencia de cualquier error en los pagos o ingresos
antes de proceder a la subsanación.