Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Acuerdo Para El Empleo Y La Protección Social Agrarios. Ayudas. (2024062583)
Extracto de la Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.
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NÚMERO 147
Martes 30 de julio de 2024
37963
EXTRACTO de la Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas a entidades locales para obras o servicios
de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la
Protección Social Agrarios. (2024062583)
BDNS(Identif.):777354
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social del Acuerdo para
el Empleo y la Protección Social Agrarios en 2024.
Segundo. Objeto.
Ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del
Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios, de acuerdo con las bases reguladoras
aprobadas mediante el Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio (publicado en el DOE
n.º 119, de 22 de junio), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del
Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.
La ayuda asignada a cada entidad local se destinará a sufragar todos aquellos gastos necesarios en la realización de las obras o servicios de interés general y social y que vengan especificados en el proyecto o memoria valorada, en su caso, aprobados por el SEPE mediante
resolución de concesión de la ayuda para la contratación de personas trabajadoras.
Tercero. Entidades locales beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la resolución de convocatoria,
con los requisitos y condiciones que se disponen en la misma, las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sean destinatarias de las ayudas para la contratación
de personal trabajador que por resolución haya aprobado el SEPE durante el ejercicio 2023
con base en su normativa específica dentro del AEPSA.
Para obtener la condición de entidad local beneficiaria de esta subvención, se deberá acreditar
no estar incursa en ninguno de los motivos de exclusión a los que se refiere el artículo 12 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se realizará conforme al modelo normalizado que se establece como anexo I.A) de la
solicitud.
Martes 30 de julio de 2024
37963
EXTRACTO de la Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas a entidades locales para obras o servicios
de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la
Protección Social Agrarios. (2024062583)
BDNS(Identif.):777354
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social del Acuerdo para
el Empleo y la Protección Social Agrarios en 2024.
Segundo. Objeto.
Ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del
Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios, de acuerdo con las bases reguladoras
aprobadas mediante el Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio (publicado en el DOE
n.º 119, de 22 de junio), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del
Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.
La ayuda asignada a cada entidad local se destinará a sufragar todos aquellos gastos necesarios en la realización de las obras o servicios de interés general y social y que vengan especificados en el proyecto o memoria valorada, en su caso, aprobados por el SEPE mediante
resolución de concesión de la ayuda para la contratación de personas trabajadoras.
Tercero. Entidades locales beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la resolución de convocatoria,
con los requisitos y condiciones que se disponen en la misma, las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sean destinatarias de las ayudas para la contratación
de personal trabajador que por resolución haya aprobado el SEPE durante el ejercicio 2023
con base en su normativa específica dentro del AEPSA.
Para obtener la condición de entidad local beneficiaria de esta subvención, se deberá acreditar
no estar incursa en ninguno de los motivos de exclusión a los que se refiere el artículo 12 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se realizará conforme al modelo normalizado que se establece como anexo I.A) de la
solicitud.