Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Deportes. (2024040127)
Decreto 81/2024, de 23 de julio, por el que se regula el deporte de alto rendimiento en Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 146
37641
Lunes 29 de julio de 2024
Puesto logrado
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
VALORACIÓN
PUE-1
En el caso de que un campeonato esté compuesto de varias
pruebas que otorguen puntuaciones parciales, únicamente
se tendrá en consideración el puesto que se ocupe en la
clasificación final del mismo.
Las clasificaciones parciales o cualquier
otra diferente a la clasificación final no
serán valorables.
PUE-2
Si en una clasificación un puesto aparece repetido para
varios participantes, el puesto que se asignará a la siguiente
persona deportista en la clasificación vendrá determinado
por el número de rivales que le precedan,
independientemente del puesto que conste como tal en la
clasificación del campeonato.
A modo de ejemplo, si se otorga a dos
participantes el tercer puesto, al que
ocupe el siguiente lugar en la
clasificación se le considerará como
quinto clasificado.
PUE-3
Pruebas en las que se compita en formato de cuadro, no se
haya accedido a la final y no exista una clasificación en la
que se determine con exactitud el puesto.
Se valorarán de la siguiente forma:
-Semifinales: Puesto 3.
-Cuartos de final: Puesto 5.
-Octavos de final y rondas anteriores:
Participación.
PUE-4
En pruebas de combate o enfrentamiento directo, para
resultados obtenidos campeonatos de ámbito nacional, será
requisito haber obtenido, al menos, dos victorias con
independencia del puesto logrado.
No serán valorados los resultados que
incumplan este requisito.
PUE-5
Salvo en pruebas de deportes para personas con
discapacidad, en pruebas de ámbito nacional no se
considerarán valorables los resultados cuando
correspondan al último y penúltimo puesto; es decir, para
que el resultado sea valorable, al menos dos personas,
equipos o grupos participantes deberán quedar por detrás
de la persona deportista solicitante o de su equipo o grupo
en la clasificación.
No serán valorados los resultados que
incumplan este requisito.
PUE-6
En pruebas de deportes para personas con discapacidad y
resultados de ámbito nacional, se limita el nivel deportivo
cuando el puesto logrado se corresponda con el último o
penúltimo puesto.
El nivel máximo otorgable en la
calificación será 2.
PUE-7
En pruebas de deportes para personas con discapacidad y
resultados de ámbito internacional, se limita el nivel
deportivo cuando el puesto logrado se corresponda con el
último o penúltimo puesto.
El nivel máximo otorgable en la
calificación será 10.
PUE-8
En campeonatos de Europa o del mundo, si el número de
deportistas, grupos o equipos españoles participantes en la
misma prueba y categoría es superior a 8 se exigirá la
obtención de un puesto igual o mejor al intermedio.
No serán valorados los resultados que
incumplan este requisito.
37641
Lunes 29 de julio de 2024
Puesto logrado
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN
VALORACIÓN
PUE-1
En el caso de que un campeonato esté compuesto de varias
pruebas que otorguen puntuaciones parciales, únicamente
se tendrá en consideración el puesto que se ocupe en la
clasificación final del mismo.
Las clasificaciones parciales o cualquier
otra diferente a la clasificación final no
serán valorables.
PUE-2
Si en una clasificación un puesto aparece repetido para
varios participantes, el puesto que se asignará a la siguiente
persona deportista en la clasificación vendrá determinado
por el número de rivales que le precedan,
independientemente del puesto que conste como tal en la
clasificación del campeonato.
A modo de ejemplo, si se otorga a dos
participantes el tercer puesto, al que
ocupe el siguiente lugar en la
clasificación se le considerará como
quinto clasificado.
PUE-3
Pruebas en las que se compita en formato de cuadro, no se
haya accedido a la final y no exista una clasificación en la
que se determine con exactitud el puesto.
Se valorarán de la siguiente forma:
-Semifinales: Puesto 3.
-Cuartos de final: Puesto 5.
-Octavos de final y rondas anteriores:
Participación.
PUE-4
En pruebas de combate o enfrentamiento directo, para
resultados obtenidos campeonatos de ámbito nacional, será
requisito haber obtenido, al menos, dos victorias con
independencia del puesto logrado.
No serán valorados los resultados que
incumplan este requisito.
PUE-5
Salvo en pruebas de deportes para personas con
discapacidad, en pruebas de ámbito nacional no se
considerarán valorables los resultados cuando
correspondan al último y penúltimo puesto; es decir, para
que el resultado sea valorable, al menos dos personas,
equipos o grupos participantes deberán quedar por detrás
de la persona deportista solicitante o de su equipo o grupo
en la clasificación.
No serán valorados los resultados que
incumplan este requisito.
PUE-6
En pruebas de deportes para personas con discapacidad y
resultados de ámbito nacional, se limita el nivel deportivo
cuando el puesto logrado se corresponda con el último o
penúltimo puesto.
El nivel máximo otorgable en la
calificación será 2.
PUE-7
En pruebas de deportes para personas con discapacidad y
resultados de ámbito internacional, se limita el nivel
deportivo cuando el puesto logrado se corresponda con el
último o penúltimo puesto.
El nivel máximo otorgable en la
calificación será 10.
PUE-8
En campeonatos de Europa o del mundo, si el número de
deportistas, grupos o equipos españoles participantes en la
misma prueba y categoría es superior a 8 se exigirá la
obtención de un puesto igual o mejor al intermedio.
No serán valorados los resultados que
incumplan este requisito.