Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Rural. Ayudas. (2024040124)
Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027.
126 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024
37444
• Y cualesquiera otra contemplada en la EDLP.
3. P
ersonas beneficiarias de las ayudas.
Asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, entidades loca
les, Grupos de Acción Local, que promuevan proyectos que tengan por objeto la puesta en
marcha de actuaciones dirigidas a estimular el crecimiento y la promoción de la sostenibi
lidad ambiental y socioeconómica de las zonas rurales.
4. E
stas ayudas tienen la consideración de ayudas de Estado, estando exentas de notificación
por estar acogidas a los artículos 60 y 61 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión
de 14 de diciembre de 2022 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en
los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
La intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 90 % del gasto subvencionable
para asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro y del 100 % en el caso de personas be
neficiarias públicas y Grupos de Acción Local, con el límite de 200.000 euros por proyecto.
Artículo 19. Preparación y ejecución de las actividades de cooperación del grupo de
acción local.
1. Objeto.
Impulso del potencial de las comarcas mediante acciones conjuntas, transnacionales, inte
rregionales y/o regionales.
2. Actuaciones.
La ayuda se concederá a proyectos de cooperación transnacional, interregional y/o regio
nal, entendiendo por:
• Cooperación transnacional: Cooperación con otro grupo LEADER o con un grupo que
adopte un enfoque similar en otra región o Estado miembro, o incluso con un grupo rural
de un tercer país.
• Cooperación interregional: Cooperación entre Grupos de Acción Local de Comunidades
Autónomas diferentes, en territorio español.
• Cooperación regional: Cooperación entre Grupos de Acción Local de la Comunidad Autó
noma de Extremadura.
Lunes 29 de julio de 2024
37444
• Y cualesquiera otra contemplada en la EDLP.
3. P
ersonas beneficiarias de las ayudas.
Asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, entidades loca
les, Grupos de Acción Local, que promuevan proyectos que tengan por objeto la puesta en
marcha de actuaciones dirigidas a estimular el crecimiento y la promoción de la sostenibi
lidad ambiental y socioeconómica de las zonas rurales.
4. E
stas ayudas tienen la consideración de ayudas de Estado, estando exentas de notificación
por estar acogidas a los artículos 60 y 61 del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión
de 14 de diciembre de 2022 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en
los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
La intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 90 % del gasto subvencionable
para asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro y del 100 % en el caso de personas be
neficiarias públicas y Grupos de Acción Local, con el límite de 200.000 euros por proyecto.
Artículo 19. Preparación y ejecución de las actividades de cooperación del grupo de
acción local.
1. Objeto.
Impulso del potencial de las comarcas mediante acciones conjuntas, transnacionales, inte
rregionales y/o regionales.
2. Actuaciones.
La ayuda se concederá a proyectos de cooperación transnacional, interregional y/o regio
nal, entendiendo por:
• Cooperación transnacional: Cooperación con otro grupo LEADER o con un grupo que
adopte un enfoque similar en otra región o Estado miembro, o incluso con un grupo rural
de un tercer país.
• Cooperación interregional: Cooperación entre Grupos de Acción Local de Comunidades
Autónomas diferentes, en territorio español.
• Cooperación regional: Cooperación entre Grupos de Acción Local de la Comunidad Autó
noma de Extremadura.