Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2024040114)
Decreto 69/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado "Cheque Exporta", y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024
37573
Junta de Extremadura
h
ttps://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO,
que será conforme al modelo de solicitud del anexo I del presente decreto.
2. Las solicitudes de ayuda con la documentación a aportar junto a las mismas, se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica asociada de la Administración
de la Junta de Extremadura https://www.juntaex.es/w/0687124.
Al presentarse de esta forma, la documentación que se requiera deberá ser digitalizada
y presentada junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.
3. Con carácter general, las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente
documentación:
— Resumen anual del IVA (Modelo 390) del ejercicio anterior a la fecha de publicación
de la convocatoria o en su caso la autoliquidación del IVA (Modelo 303) correspondiente al mes diciembre del ejercicio anterior a la fecha de publicación de la convocatoria cuando el ejercicio económico del solicitante coincida con el año natural.
— En su caso, cuando el ejercicio económico del solicitante no coincida con el año natural, deberá presentar el conjunto de autoliquidaciones mensuales del IVA (Modelo
303) del último ejercicio económico cerrado.
— Presupuestos o facturas proformas para la elaboración del plan de internacionalización, emitidas por empresas o corporaciones de derecho público especialistas en
comercio exterior que cumplan los requisitos del artículo 7 del presente decreto.
— En cuanto a la información de datos del IAE, con finalidades no tributarias, deberá
ser presentado por el interesado en el caso de no haber autorizado expresamente a
que la Administración actuante consultase o recabase dichos datos.
— Memoria descriptiva detallada y estructurada de manera lógica, secuencial y ordenada de los objetivos y actividades de internacionalización a emprender, indicando el
calendario y fechas previstas de ejecución, así como el país o bloque de países donde
se dirigen o se llevarán a cabo cada una de las acciones proyectadas.
— En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica
propia, deberán hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno
de ellos, debiendo nombrar un representante. Para ello se cumplimentará el anexo
IV, que se encontrará accesible en el punto de acceso general electrónico de los ser-
Lunes 29 de julio de 2024
37573
Junta de Extremadura
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ttps://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO,
que será conforme al modelo de solicitud del anexo I del presente decreto.
2. Las solicitudes de ayuda con la documentación a aportar junto a las mismas, se presentarán de forma telemática a través de la sede electrónica asociada de la Administración
de la Junta de Extremadura https://www.juntaex.es/w/0687124.
Al presentarse de esta forma, la documentación que se requiera deberá ser digitalizada
y presentada junto a la solicitud como archivos anexos a la misma.
3. Con carácter general, las solicitudes de ayudas deberán acompañarse de la siguiente
documentación:
— Resumen anual del IVA (Modelo 390) del ejercicio anterior a la fecha de publicación
de la convocatoria o en su caso la autoliquidación del IVA (Modelo 303) correspondiente al mes diciembre del ejercicio anterior a la fecha de publicación de la convocatoria cuando el ejercicio económico del solicitante coincida con el año natural.
— En su caso, cuando el ejercicio económico del solicitante no coincida con el año natural, deberá presentar el conjunto de autoliquidaciones mensuales del IVA (Modelo
303) del último ejercicio económico cerrado.
— Presupuestos o facturas proformas para la elaboración del plan de internacionalización, emitidas por empresas o corporaciones de derecho público especialistas en
comercio exterior que cumplan los requisitos del artículo 7 del presente decreto.
— En cuanto a la información de datos del IAE, con finalidades no tributarias, deberá
ser presentado por el interesado en el caso de no haber autorizado expresamente a
que la Administración actuante consultase o recabase dichos datos.
— Memoria descriptiva detallada y estructurada de manera lógica, secuencial y ordenada de los objetivos y actividades de internacionalización a emprender, indicando el
calendario y fechas previstas de ejecución, así como el país o bloque de países donde
se dirigen o se llevarán a cabo cada una de las acciones proyectadas.
— En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica
propia, deberán hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno
de ellos, debiendo nombrar un representante. Para ello se cumplimentará el anexo
IV, que se encontrará accesible en el punto de acceso general electrónico de los ser-