Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2024040114)
Decreto 69/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado "Cheque Exporta", y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024
37543
medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite
de un procedimiento administrativo. En el caso de las personas físicas, y dado el destinatario
de este tipo de ayudas, se establece en el apartado 3 del citado artículo, que “reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a
través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de
personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u
otros motivos, quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos
necesarios”.
Además, en aplicación de la disposición final tercera del Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo,
de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de
Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en
materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos (DOE
núm. 108, de 5 de junio) que modifica, entre otros, los artículos 16, 23.1 y 29,2 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las
presentes bases reguladoras incorporarán la primera convocatoria de las mismas y se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno.
Es necesario destacar que el decreto se adecúa a los principios de buena regulación recogidos
en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con los principios de necesidad y eficacia,
el decreto contribuye al interés general pues supone una forma de impulsar la profesionalización e internacionalización de las empresas extremeñas para garantizar su competitividad. De
acuerdo con el principio de proporcionalidad, el decreto supone la regulación estrictamente
necesaria para desarrollar los objetivos propuestos, sin trámites ni cargas para sus destinatarias que pudieran resultar innecesarias. En atención al principio de seguridad jurídica, el
decreto es conforme con la regulación de la Unión Europea, nacional y autonómica, siendo
especialmente acorde con la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y con el marco competencial. Con relación al principio de transparencia, el proyecto ha sido sometido al trámite de audiencia e información pública, así como
los de consulta pública y presentación de sugerencias. Conforme al principio de eficiencia, el
decreto no establece cargas adicionales para cumplir con el objeto pretendido y para la aplicación de sus disposiciones no resulta necesario ampliar los medios personales y materiales
existentes.
El presente decreto es también una medida alineada con la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y territorial. En este sentido, hay lugar para apelar a la Estrategia
ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, aprobada por Decreto 32/2022, de 30
de marzo, en particular en cuanto a la necesidad de apoyar la ejecución de programas de crecimiento y diversificación de la actividad económica impulsando empresas líderes en el ámbito
Lunes 29 de julio de 2024
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medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite
de un procedimiento administrativo. En el caso de las personas físicas, y dado el destinatario
de este tipo de ayudas, se establece en el apartado 3 del citado artículo, que “reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a
través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de
personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u
otros motivos, quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos
necesarios”.
Además, en aplicación de la disposición final tercera del Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo,
de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de
Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en
materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos (DOE
núm. 108, de 5 de junio) que modifica, entre otros, los artículos 16, 23.1 y 29,2 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las
presentes bases reguladoras incorporarán la primera convocatoria de las mismas y se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno.
Es necesario destacar que el decreto se adecúa a los principios de buena regulación recogidos
en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con los principios de necesidad y eficacia,
el decreto contribuye al interés general pues supone una forma de impulsar la profesionalización e internacionalización de las empresas extremeñas para garantizar su competitividad. De
acuerdo con el principio de proporcionalidad, el decreto supone la regulación estrictamente
necesaria para desarrollar los objetivos propuestos, sin trámites ni cargas para sus destinatarias que pudieran resultar innecesarias. En atención al principio de seguridad jurídica, el
decreto es conforme con la regulación de la Unión Europea, nacional y autonómica, siendo
especialmente acorde con la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y con el marco competencial. Con relación al principio de transparencia, el proyecto ha sido sometido al trámite de audiencia e información pública, así como
los de consulta pública y presentación de sugerencias. Conforme al principio de eficiencia, el
decreto no establece cargas adicionales para cumplir con el objeto pretendido y para la aplicación de sus disposiciones no resulta necesario ampliar los medios personales y materiales
existentes.
El presente decreto es también una medida alineada con la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y territorial. En este sentido, hay lugar para apelar a la Estrategia
ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, aprobada por Decreto 32/2022, de 30
de marzo, en particular en cuanto a la necesidad de apoyar la ejecución de programas de crecimiento y diversificación de la actividad económica impulsando empresas líderes en el ámbito