Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. (2024050139)
Orden de 22 de julio de 2024 por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la que se modifica la Orden de 29 de mayo de 2013 por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza.
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NÚMERO 145
Viernes 26 de julio de 2024

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Será imprescindible reflejar en el plano del coto que debe acompañar a este Plan la situación de las zonas específicas; su nombre y superficie deberán coincidir con lo indicado en
esta tabla.

(19)

De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 26.6. de la Ley 14/2010.

Debe indicarse el tipo de zona de seguridad (vías pecuarias, caminos públicos no vallados
y dominio público hidráulico y sus márgenes), las modalidades, superficie y longitud para
cada una de las zonas.
Deben aparecer reflejadas en los planos.
Una vez autorizadas, estas zonas de seguridad deberán señalizarse en la forma prevista en
el artículo 21.2 del Decreto 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión.
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Indicar la relación de todas las parcelas correspondientes a ese polígono.

(21)

Este apartado únicamente deberán rellenarlo aquellos cotos que deseen planificar esta
modalidad conforme al Capítulo II de la Orden de Jabalí al salto:
— En VC1 y VC2 cotos sociales para aquellas zonas en las que no planifiquen acciones
colectivas tipo montería, batida y gancho.
— En VC3, en la totalidad del coto social.
— Una vez autorizado en el plan técnico no necesita autorización ni comunicación previa

(22)

Debe indicarse el número de jornadas a realizar y, en la modalidad colectiva, el número
máximo de cuadrillas por jornada de caza que, en todo caso, será de una por cada 500
hectáreas.

MEJORAS:
(23)

Deberán indicarse aquellas mejoras del medio natural de carácter permanente existentes
y las que tengan prevista su realización durante la vigencia del PTC. Las zonas de reserva
deberán incluirse en la cartografía. En el apartado de infraestructuras únicamente se reflejarán las de nueva ejecución. No obstante, estas actuaciones podrán estar sometidas a
autorización previa de acuerdo con la normativa sectorial.

CARTOGRAFÍA:
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Se podrá presentar además del plano a escala 1/25.000 o superior con curvas de nivel, cualquier otro plano de situación a escala inferior y/o de escala superior (1/20.000,
1/10.000, 1/5.000) sobre ortofotografía, siempre que facilite la comprensión y estudio del
plano.