Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Deslinde. (2024062517)
Resolución de 2 de julio de 2024, del Consejero, de mejora en precisión geométrica de la línea límite entre los términos municipales de Mérida y La Zarza, ambos de la provincia de Badajoz.
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Jueves 25 de julio de 2024

los tramos y puntos de amojonamiento que configuran las líneas límites consensuadas en las
actas de deslinde o en el correspondiente título jurídico, mediante la definición de coordenadas
precisas de las geometrías de las líneas límites.
Tercero. El artículo 8.2 del Decreto 163/2018, de 2 de octubre, antes citado, dispone que las
actuaciones de mejora en precisión se iniciarán por el órgano directivo autonómico con competencias en materia de ordenación del territorio, por propia iniciativa en aquellos casos en que
se observen divergencias entre la geometría representada de la línea límite y lo acordado en el
acta de deslinde o título jurídico, o a petición de cualquiera de los Ayuntamientos interesados.
Cuarto. En el artículo 8.4 del Decreto 163/2018, de 2 de octubre, anteriormente citado, se
establece lo siguiente: “El citado órgano directivo, previo informe de mejora en precisión o informe de verificación, formulará propuesta de resolución, la cual será notificada a las entidades
interesadas, otorgándoles un plazo de un mes hábiles para formular alegaciones, tras el cual,
se elevará todo el expediente al titular de la Consejería competente en materia de ordenación
del territorio, para que en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha del acuerdo
de inicio, resuelva mediante resolución, que agotará la vía administrativa, que será objeto de
publicación oficial en el Diario Oficial de Extremadura. Una vez publicado se notificará a los
Ayuntamientos afectados, a la Diputación Provincial en su caso, a la Administración del Estado y
a cuantos organismos públicos se tenga por conveniente”.
Conforme a los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos, vistos los preceptos legales
señalados y demás de general aplicación,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la siguientes coordenadas UTM, en el sistema ETRS89 y Huso 29, manteniéndose en su totalidad lo convenido en el Acta de deslinde practicada entre los Ayuntamientos
de Mérida y La Zarza, ambos en la parte correspondiente entre núcleos principales, constituida
entre los días 13 y 14 de octubre de 1899, y en el acta de deslinde constituida entre Mérida,
enclave de El Palazuelo, y La Zarza, en su núcleo principal, de fecha 18 de abril de 1899, tal y
como consta en los informes técnicos emitidos con fecha 9 de noviembre de 2023:
1. Coordenadas correspondientes a los términos municipales de Mérida y la Zarza, ambos en su
núcleo principal.