Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062510)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas superficiales del río Entrín para la transformación en regadío de una superficie de 100 hectáreas en el paraje "Maricara", ubicado en el término municipal de Nogales (Badajoz). Expte.: IA19/0834.
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NÚMERO 144
Jueves 25 de julio de 2024
37022
4. T
odos los residuos generados en la ejecución y explotación del proyecto (mangueras, tuberías, envases, etc.) deberán ser gestionados según la normativa vigente, Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Se tendrá
especial cuidado con los envases vacíos de productos fitosanitarios, considerados residuos peligrosos.
5. C
on objeto de minimizar la afección al suelo, aguas superficiales y/o subterráneas no se
permitirá el vertido directo o indirecto de aguas y productos susceptibles de provocar
contaminación al medio.
D.2. Medidas en la fase de construcción.
1. L
os trabajos se llevarán a cabo fuera del periodo sensible para las aves esteparias, comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio, ambos inclusive.
2. S
e realizará una reserva en la parcela 91 del polígono 14 de 46,79 ha (plano 3), donde se llevará un manejo de rotación al tercio de cereal, barbecho y cultivo fijador de
nitrógeno.
2.1. En esta parcela las labores a llevar a cabo, laboreo y cosecha del cultivo, se realizarán fuera del periodo sensible de las aves esteparias, desde el 1 de marzo al 30 de
junio.
2.2. Las labores de recolección y empacado de los cultivos herbáceos sólo podrán realizarse en horario diurno.
2.3. Se procurará mantener los rastrojos el máximo tiempo posible, evitando su laboreo
incluso hasta la siguiente siembra si fuera posible, ya que constituyen un hábitat vital
para muchas especies especialmente en los meses de invierno. En todo caso se evitará
su quema.
2.4. Se respetará cualquier afloramiento rocoso, dejando sin labrar un margen de 5
metros alrededor de los mismos.
3. S
e realizará una reserva en el recinto 5 de la parcela 90 del polígono 14 de 2 ha (plano
3), situada entre dos cauces, donde no se llevará a cabo ningún tipo de manejo.
4. S
e llevará a cabo una charca de 1 ha situada en los recintos 6 y 10 de la parcela 91 del
polígono 14 (plano 3). Se procurará que el diseño del vaso sea irregular, favoreciendo
que adquiera un aspecto más natural. La profundidad máxima será de 50 cm en la parte
central. La tierra de extracción deberá ser retirada del entorno de la charca, no podrían
quedar acúmulos ni montones, ni muro o dique. Se podrá llevar a cabo de manera op-
Jueves 25 de julio de 2024
37022
4. T
odos los residuos generados en la ejecución y explotación del proyecto (mangueras, tuberías, envases, etc.) deberán ser gestionados según la normativa vigente, Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Se tendrá
especial cuidado con los envases vacíos de productos fitosanitarios, considerados residuos peligrosos.
5. C
on objeto de minimizar la afección al suelo, aguas superficiales y/o subterráneas no se
permitirá el vertido directo o indirecto de aguas y productos susceptibles de provocar
contaminación al medio.
D.2. Medidas en la fase de construcción.
1. L
os trabajos se llevarán a cabo fuera del periodo sensible para las aves esteparias, comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio, ambos inclusive.
2. S
e realizará una reserva en la parcela 91 del polígono 14 de 46,79 ha (plano 3), donde se llevará un manejo de rotación al tercio de cereal, barbecho y cultivo fijador de
nitrógeno.
2.1. En esta parcela las labores a llevar a cabo, laboreo y cosecha del cultivo, se realizarán fuera del periodo sensible de las aves esteparias, desde el 1 de marzo al 30 de
junio.
2.2. Las labores de recolección y empacado de los cultivos herbáceos sólo podrán realizarse en horario diurno.
2.3. Se procurará mantener los rastrojos el máximo tiempo posible, evitando su laboreo
incluso hasta la siguiente siembra si fuera posible, ya que constituyen un hábitat vital
para muchas especies especialmente en los meses de invierno. En todo caso se evitará
su quema.
2.4. Se respetará cualquier afloramiento rocoso, dejando sin labrar un margen de 5
metros alrededor de los mismos.
3. S
e realizará una reserva en el recinto 5 de la parcela 90 del polígono 14 de 2 ha (plano
3), situada entre dos cauces, donde no se llevará a cabo ningún tipo de manejo.
4. S
e llevará a cabo una charca de 1 ha situada en los recintos 6 y 10 de la parcela 91 del
polígono 14 (plano 3). Se procurará que el diseño del vaso sea irregular, favoreciendo
que adquiera un aspecto más natural. La profundidad máxima será de 50 cm en la parte
central. La tierra de extracción deberá ser retirada del entorno de la charca, no podrían
quedar acúmulos ni montones, ni muro o dique. Se podrá llevar a cabo de manera op-