Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062437)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y el Ayuntamiento de Azuaga, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 143
Miércoles 24 de julio de 2024

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La Junta de Extremadura, a través de la Consejería competente en materia de coordinación
de policía Local, se compromete con el/los municipios que suscriben el presente convenio a
aceptar la delegación de las siguientes competencias municipales:
a) Elaboración, aprobación y publicación anual de las bases de cada convocatoria específica unificada por oposición libre respecto de la suma total de plazas ofertadas por los
municipios adheridos, para el acceso al empleo de policías locales, de la escala básica,
previstos en sus ofertas de empleo público respectivas. Cada convocatoria específica
unificada que realice la Junta de Extremadura indicará e identificará cada una de las
plazas convocadas que corresponden a cada Municipio y se redactará de conformidad
con las Bases Generales aprobadas para este tipo de procesos que, a su vez, deberán
desarrollar lo dispuesto en la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías
Locales de Extremadura, el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los
sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de
Extremadura, así como el Tribunal Único, y con carácter supletorio por el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las convocatorias específicas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en los boletines oficiales de ambas provincias,
además de un extracto de las mismas en el Boletín Oficial del Estado.
b) Realización de los trámites y aprobación de todos los actos materiales y jurídicos integrantes del procedimiento selectivo indicado, conforme a las bases específicas de la
convocatoria y resto de normativa aplicables, entre los que se incluyen: publicación
en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria específica unificada y sus bases, recepción de solicitudes de las personas aspirantes y gestión de las solicitudes de
participación, así como de la comprobación de la documentación acreditativa; cobro de
tasas, que se corresponderán con las establecidas por la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para el mismo grupo de titulación, ingresándolas
en su Hacienda Pública; resoluciones de aprobación de listas de personas admitidas y
excluidas, tanto provisionales, como definitivas y resolución de incidencias; notificaciones y publicaciones de los actos administrativos y resoluciones relacionadas con el
proceso selectivo en los tablones de anuncios y portal web de la Academia de Seguridad
Pública de Extremadura; nombramiento de los componentes del tribunal, así como de
los asesores especialistas del mismo en el desarrollo de las pruebas teóricas, físicas,
psicotécnicas y médicas, así como su gestión; tramitación de la propuesta de aprobados del tribunal para su nombramiento como personal funcionario en prácticas por