Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2024062442)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, correspondiente a las anualidades 2024-2025.
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NÚMERO 143
36931
Miércoles 24 de julio de 2024
2. E
n ningún caso podrá producirse una modificación al alza de la subvención concedida como
consecuencia de una alteración de las circunstancias tenidas en cuenta para resolver.
Decimotercero. Eficacia.
La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de la publicación simultánea en
el Diario Oficial de Extremadura de la misma y del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante el Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, en el plazo de
un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los artículos 121.1
y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar
cualquier otro que estimen oportuno.
Mérida, 11 de julio de 2024.
La Secretaria General,
LAURA CASTELL VIVAS
36931
Miércoles 24 de julio de 2024
2. E
n ningún caso podrá producirse una modificación al alza de la subvención concedida como
consecuencia de una alteración de las circunstancias tenidas en cuenta para resolver.
Decimotercero. Eficacia.
La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de la publicación simultánea en
el Diario Oficial de Extremadura de la misma y del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante el Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, en el plazo de
un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los artículos 121.1
y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar
cualquier otro que estimen oportuno.
Mérida, 11 de julio de 2024.
La Secretaria General,
LAURA CASTELL VIVAS