Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Emigración. Ayudas. (2024062471)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Acción Exterior, de concesión de las ayudas destinadas al Programa I de actividades de las comunidades extremeñas en el exterior, para el ejercicio 2024.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
10 páginas totales
Página
NÚMERO 142
Martes 23 de julio de 2024

36629

RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Acción
Exterior, de concesión de las ayudas destinadas al Programa I de actividades
de las comunidades extremeñas en el exterior, para el ejercicio 2024.
(2024062471)

A la vista de la propuesta de concesión de 20 de junio de 2024, del Jefe de Servicio de Acción
Exterior de la Dirección General de Acción Exterior e instructor del procedimiento de concesión de ayudas destinadas al Programa I de actividades de las comunidades extremeñas en el
exterior, para el ejercicio 2024, de conformidad con la Resolución de la Secretaría General, de
7 de diciembre de 2023 (DOE n.º 9, de 12 de enero de 2024), en adelante la Convocatoria, y
al amparo del Decreto del Presidente 3/2022, de 20 de octubre, por el que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas destinadas a los programas de actividades de las Comunidades Extremeñas en el exterior y sus Federaciones (DOE n.º 207, de 27 de octubre de 2022),
y de conformidad con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que
se establece la estructura orgánica básica de la administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, de conformidad con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Convocatoria de ayudas para la anualidad 2024 se publicó en el DOE número
9, de 12 de enero de 2024 mediante Resolución del Secretario General de la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social.
Segundo. La citada resolución establece como plazo de presentación de solicitudes 20 días
hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto
en el Diario Oficial de Extremadura, terminando éste el 9 de febrero de 2024.
Tercero. En el plazo establecido por la mencionada convocatoria de ayudas para la presentación, se presentaron 51 solicitudes.
Cuarto. Instruidos los expedientes, todas las entidades que solicitan la ayuda y que cumplen
los requisitos para obtener la condición de beneficiarias, son valoradas por la comisión de Valoración reunida en sesión del día 18 de junio de 2024, emitiendo informe de las solicitudes de
acuerdo con la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración y concretando
la cuantía de la ayuda en aplicación de lo establecido en la Resolución de convocatoria.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. Conforme al artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de