Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024062458)
Resolución de 2 de julio de 2024, del Consejero, relativa a la modificación puntual de la ordenación estructural del Plan General Municipal de Plasencia, consistente en la delimitación del sector SR-17 "La Vinosilla", con la reclasificación de terrenos de suelo no urbanizable a suelo urbanizable de uso residencial para la regularización de actuaciones clandestinas (M-013).
14 páginas totales
Página
NÚMERO 141

36576

Lunes 22 de julio de 2024

SECTOR DE SUELO URBANIZABLE
NOMBRE

LA VINOSILLA

S-R17

DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN ESTRUCTURAL
CONDICIONES DE DESARROLLO
INSTRUMENTOS DE
ORDENACIÓN DETALLADA

La ordenación del sector se establecerá en el documento de ordenación detallada del sector
SR17 a tramitar junto con la modificación puntual del PGM que delimitó este sector y que se
incorporará como anexo al Plan General, pudiéndose abordar la programación del
ámbito sin formulación previa de consulta de viabilidad.

USOS COMPATIBLES EN LA
ORDENACIÓN DETALLADA

Régimen coincidente con los de la ordenanza R5 Unifamiliar Aislada, según Art 12.1.1.5 del PGM.

SECUENCIA RESPECTO A OTROS
SECTORES

El desarrollo del sector podrá iniciarse directamente tras la aprobación definitiva de la
modificación puntual del PGM tramitada para delimitar este sector, y del documento de
ordenación detallada del mismo, sin requerir el desarrollo previo de ningún otro.

ACTUACIONES EXTERIORES CON
CARGO AL SECTOR

El Programa de Ejecución incluirá la previsión, a cargo de la promoción del ámbito, de la
ejecución de las infraestructuras de conexión con las redes generales viaria y de servicios; así
como las de ampliación y refuerzo de las existentes fuera de la actuación, que ésta demande por
su dimensión y características específicas. Incluido el acceso y conexión con la
Carretera Nacional 110.

BASES PARA LA EJECUCIÓN
UNIDADES DE ACTUACIÓN

El documento de ordenación detallada definirá la correspondiente Unidad de Actuación
Integral, la UAI-SR 17, sobre la totalidad del sector.

ORDENANZA EDIFICATORIA

El documento de ordenación detallada deberá definir una ordenanza edificatoria denominada
RV "Residencial Vinosilla", con tipología de vivienda unifamiliar aislada.

DISEÑO URBANO

La ordenación detallada del sector deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:
La tipología deberá ser de vivienda unifamiliar aislada, con una vivienda por parcela,
retranqueada, salvo situaciones consolidadas, de los linderos laterales.
La parcela mínima será conforme a la parcelación existente. sin permitir segregaciones de
parcelas que ya estuvieran ocupadas por la viviendas.
La parcelación resultante, conforme a las condiciones de parcela mínima nunca podrá generar
un número de parcelas vacantes (sin vivienda) superior al 20% del total de parcelas.
La ordenación deberá apoyarse en el mantenimiento de la trama viaria existente, optando por
soluciones de plataforma única, coexistencia de acerado y calzada, que garanticen un acceso
acorde a la densidad edificatoria prevista.

PLAZOS

Para la programación del ámbito y plazos, se estará a lo definido en el programa de ejecución.

OTRAS CONDICIONES

Para el mantenimiento de la urbanización y dotaciones públicas, deberá constituirse, una vez
ejecutadas las obras de urbanización, una entidad urbanística de conservación que integrará con
carácter forzoso a todos los propietarios afectados.