Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sanidad Vegetal. (2024062469)
Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se declara oficialmente la existencia de un brote de la plaga Xylella fastidiosa (Wells et al.) subespecie fastidiosa en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se califica de utilidad pública la lucha contra la misma, se aprueba el Plan de Acción para su erradicación, se establece zona demarcada, se identifica la dirección electrónica de comunicación e información y se conmina al cumplimiento de las obligaciones por los destinatarios bajo apercibimiento del ejercicio de potestades administrativas.
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 141
Lunes 22 de julio de 2024
36535
medidas fitosanitarias de vigilancia del organismo nocivo Xylella fastidiosa (Wells et al.) en
determinadas áreas de la provincia de Cáceres frontera con Portugal.
A través de esta Resolución se establecieron dos “zonas de riesgo” en las áreas de Extremadura más cercanas a las zonas demarcadas de Portugal. La superficie de dichas zonas comprendía el área resultante de proyectar la zona demarcada portuguesa sobre la frontera española
con una profundidad de 2,5 km.
En estas zonas de riesgo se ha desarrollado en el mes de junio de 2024 un programa de
vigilancia específico consistente en la recogida de muestras y la realización de análisis de
plantas centrándose en vegetales especificados huésped de Xylella fastidiosa subsp. fastidiosa,
y en aquellas especies que han resultado positivas a la bacteria en las zonas demarcadas de
Portugal.
En ejecución del anterior programa de vigilancia, por parte del Servicio de Sanidad Vegetal
de la Junta de Extremadura fueron muestreados diversos vegetales en la zona de riesgo de
Valencia de Alcántara, de los cuales 5 muestras han resultado positivas a la presencia de la
bacteria Xylella fastidiosa (Wells et al.) subsp. fastidiosa ST1, la cual ha sido caracterizada por
el Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal.
Para el control de la plaga se adopta el programa de erradicación descrito en este documento
que tendrá una duración de al menos cuatro años.
2.1 Delimitación de zonas.
De acuerdo con el artículo 4 del Reglamento de ejecución 2020/1201 de la Comisión, de
14 de agosto, sobre medidas para evitar la introducción y propagación dentro de la Unión
de Xylella fastidiosa (Wells et al.) subespecie fastidiosa y el artículo 18 del Reglamento
2016/2031, se ha establecido la zona demarcada en el término municipal de Valencia de
Alcántara que consistirá en una zona infectada y una zona tampón en la que se adoptarán
una serie de medidas con el objetivo de erradicar o contener la plaga:
• La zona infectada tendrá un radio mínimo de 50 m alrededor del vegetal en el que se
haya detectado la infección por Xylella fastidiosa. La superficie de la zona infectada es
de 3,92 ha.
• La zona tampón tendrá una anchura de 2,5 km, como mínimo, colindante con la zona
infectada, y la rodeará. La superficie actual de la zona demarcada ocupa 1.365,9 ha.
Si se confirmara la presencia de Xylella fastidiosa fuera de la zona infectada, esta será
revisada y se modificará, en consecuencia, la delimitación de la zona infectada y la zona
tampón.
Lunes 22 de julio de 2024
36535
medidas fitosanitarias de vigilancia del organismo nocivo Xylella fastidiosa (Wells et al.) en
determinadas áreas de la provincia de Cáceres frontera con Portugal.
A través de esta Resolución se establecieron dos “zonas de riesgo” en las áreas de Extremadura más cercanas a las zonas demarcadas de Portugal. La superficie de dichas zonas comprendía el área resultante de proyectar la zona demarcada portuguesa sobre la frontera española
con una profundidad de 2,5 km.
En estas zonas de riesgo se ha desarrollado en el mes de junio de 2024 un programa de
vigilancia específico consistente en la recogida de muestras y la realización de análisis de
plantas centrándose en vegetales especificados huésped de Xylella fastidiosa subsp. fastidiosa,
y en aquellas especies que han resultado positivas a la bacteria en las zonas demarcadas de
Portugal.
En ejecución del anterior programa de vigilancia, por parte del Servicio de Sanidad Vegetal
de la Junta de Extremadura fueron muestreados diversos vegetales en la zona de riesgo de
Valencia de Alcántara, de los cuales 5 muestras han resultado positivas a la presencia de la
bacteria Xylella fastidiosa (Wells et al.) subsp. fastidiosa ST1, la cual ha sido caracterizada por
el Laboratorio Nacional de Sanidad Vegetal.
Para el control de la plaga se adopta el programa de erradicación descrito en este documento
que tendrá una duración de al menos cuatro años.
2.1 Delimitación de zonas.
De acuerdo con el artículo 4 del Reglamento de ejecución 2020/1201 de la Comisión, de
14 de agosto, sobre medidas para evitar la introducción y propagación dentro de la Unión
de Xylella fastidiosa (Wells et al.) subespecie fastidiosa y el artículo 18 del Reglamento
2016/2031, se ha establecido la zona demarcada en el término municipal de Valencia de
Alcántara que consistirá en una zona infectada y una zona tampón en la que se adoptarán
una serie de medidas con el objetivo de erradicar o contener la plaga:
• La zona infectada tendrá un radio mínimo de 50 m alrededor del vegetal en el que se
haya detectado la infección por Xylella fastidiosa. La superficie de la zona infectada es
de 3,92 ha.
• La zona tampón tendrá una anchura de 2,5 km, como mínimo, colindante con la zona
infectada, y la rodeará. La superficie actual de la zona demarcada ocupa 1.365,9 ha.
Si se confirmara la presencia de Xylella fastidiosa fuera de la zona infectada, esta será
revisada y se modificará, en consecuencia, la delimitación de la zona infectada y la zona
tampón.