Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062429)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomcoex, SA, en el término municipal de Miajadas.
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NÚMERO 139

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Jueves 18 de julio de 2024

de 18 de octubre, al texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, al Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH),
aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, al Reglamento de la Planificación
Hidrológica, aprobado mediante el Real Decreto 907/2007, de 6 de Julio, a la Instrucción de
Planificación Hidrológica, aprobada por la Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, al
Real Decreto de 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de
seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental, al Plan Hidrológico revisado de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del
Guadiana, aprobado por el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, a las demás disposiciones
normativas concordantes o complementarias, modificando el apartado 1 de la condición II.
Caudales y valores límite de emisión y la condición VII. Canon de control de vertidos, cuyas
nuevas redacciones son las siguientes:
“III. CAUDALES Y VALORES LÍMITE DE EMISIÓN
1. El volumen máximo anual de aguas residuales depuradas que se autoriza a verter al arroyo
de la Dehesilla, en el tm de Miajadas (Cáceres), es de 60.000 m3.
VII. CANON DE CONTROL DE VERTIDOS
En aplicación del artículo 113 del TRLA, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de
20 de julio, en relación con el artículo 289 y siguientes del RDPH, el TA deberá abonar anualmente un canon de control de vertidos (C) cuyo importe se obtiene como el producto del
volumen de vertido autorizado (V) por el precio unitario de control de vertido (P).
C=VxP
donde, el precio unitario de control de vertido (P) se calcula multiplicando el precio básico por
metro cúbico (0,04377 euros) por un coeficiente (K) determinado con arreglo a los criterios
de evaluación establecidos en el ANEXO IV del RDPH, de donde se deducen los siguientes
factores:
Descripción

Factor

Características del vertido

Industrial clase 1

1

Grado de contaminación del vertido

Urbano con tratamiento adecuado

0,5

Calidad ambiental del medio receptor

Vertido en Zona de categoría I

1,25

Por tanto,
K = 1 x 0,5 x 1,25 = 0,625