Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062429)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomcoex, SA, en el término municipal de Miajadas.
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NÚMERO 139
Jueves 18 de julio de 2024
36231
Para años anteriores a 2017, tan sólo se dispone del registro de consumo de agua desde el
año 2011. Calculando el porcentaje de vertidos generados por consumo de agua durante los
años conocidos, se ha aplicado el mayor porcentaje obtenido, un 20%, al período comprendido entre 2011 y 2016.
En cuanto a la aplicación de MTD, en el proyecto básico para la revisión presentado, entre
otros extremos, se certifica la aplicación de una serie de técnicas relacionadas con los vertidos de aguas residuales; entre las que destacan la reducción de consumo y volumen de agua,
la monitorización de los parámetros, una capacidad adecuada de almacenamiento de aguas
residuales y una combinación adecuada de tratamientos de las aguas residuales previo a su
vertido.
De la evaluación de las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) en las industrias de alimentación, bebida y leche, establecidas por la Decisión (UE) 2019/2031 y de la
documentación que obra en el expediente, se desprenden los siguientes extremos:
• La autorización de vertido incluida en la AAI vigente establece la obligación de tratar el
agua residual antes de su vertido al dominio público hidráulico mediante técnicas incluidas entre las consideradas como MTD en las referidas conclusiones.
• Los valores límite de emisión establecidos en la autorización de vertido incluida en la AAI
vigente no superan los niveles de emisión asociados al empleo de las MTD.
Por lo anterior, el Área de Calidad de las Aguas de la Comisaría de Aguas de la CHG, en el
marco del artículo 19 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la
contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, informa
que no se considera necesario modificar el condicionado de la autorización de vertido incluida
en la autorización ambiental integrada con motivo de la publicación de las conclusiones sobre
las mejores técnicas disponibles (MTD) en las industrias de alimentación, bebida y leche, establecidas por la Decisión (UE) 2019/2031.
Por otra parte, considerando lo anterior, y en virtud de las competencias atribuidas a los organismos de cuenca en la legislación vigente, esta Confederación Hidrográfica del Guadiana
informa que la revisión de la autorización ambiental integrada otorgada a la industria de
envasado de tomate triturado y elaboración y envasado de tomate frito y kétchup, Tomcoex,
SA, en el tm de Miajadas (Cáceres), en lo relativo a vertidos al dominio público hidráulico,
podría otorgarse con arreglo al texto refundido de la Ley de prevención y control integrado
de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
al Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de
prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013,
Jueves 18 de julio de 2024
36231
Para años anteriores a 2017, tan sólo se dispone del registro de consumo de agua desde el
año 2011. Calculando el porcentaje de vertidos generados por consumo de agua durante los
años conocidos, se ha aplicado el mayor porcentaje obtenido, un 20%, al período comprendido entre 2011 y 2016.
En cuanto a la aplicación de MTD, en el proyecto básico para la revisión presentado, entre
otros extremos, se certifica la aplicación de una serie de técnicas relacionadas con los vertidos de aguas residuales; entre las que destacan la reducción de consumo y volumen de agua,
la monitorización de los parámetros, una capacidad adecuada de almacenamiento de aguas
residuales y una combinación adecuada de tratamientos de las aguas residuales previo a su
vertido.
De la evaluación de las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) en las industrias de alimentación, bebida y leche, establecidas por la Decisión (UE) 2019/2031 y de la
documentación que obra en el expediente, se desprenden los siguientes extremos:
• La autorización de vertido incluida en la AAI vigente establece la obligación de tratar el
agua residual antes de su vertido al dominio público hidráulico mediante técnicas incluidas entre las consideradas como MTD en las referidas conclusiones.
• Los valores límite de emisión establecidos en la autorización de vertido incluida en la AAI
vigente no superan los niveles de emisión asociados al empleo de las MTD.
Por lo anterior, el Área de Calidad de las Aguas de la Comisaría de Aguas de la CHG, en el
marco del artículo 19 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la
contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, informa
que no se considera necesario modificar el condicionado de la autorización de vertido incluida
en la autorización ambiental integrada con motivo de la publicación de las conclusiones sobre
las mejores técnicas disponibles (MTD) en las industrias de alimentación, bebida y leche, establecidas por la Decisión (UE) 2019/2031.
Por otra parte, considerando lo anterior, y en virtud de las competencias atribuidas a los organismos de cuenca en la legislación vigente, esta Confederación Hidrográfica del Guadiana
informa que la revisión de la autorización ambiental integrada otorgada a la industria de
envasado de tomate triturado y elaboración y envasado de tomate frito y kétchup, Tomcoex,
SA, en el tm de Miajadas (Cáceres), en lo relativo a vertidos al dominio público hidráulico,
podría otorgarse con arreglo al texto refundido de la Ley de prevención y control integrado
de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre,
al Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de
prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013,