Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062429)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomcoex, SA, en el término municipal de Miajadas.
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NÚMERO 139
Jueves 18 de julio de 2024
36213
— Realizar control y registro del consumo de agua, principalmente en las etapas del proceso en que mayores consumos de agua se producen.
— Realizar mantenimiento preventivo y periódico sobre los equipos y etapas donde el
consumo de agua es importante, de forma que se prevengan pérdidas, fugas o un incorrecto funcionamiento de la maquinaria.
1.2. Disminución de la carga contaminante (MTD 2-7-8-10):
— Aplicar y difundir las Buenas Prácticas de Fabricación al personal.
— Separar los sólidos de las aguas residuales lo antes posible (rejillas, barrido de suelos,
separadores de sólidos, etc). Y evitar la entrada de residuos sólidos en las aguas residuales, durante la limpieza de los equipos e instalaciones.
— Limpieza en seco en la medida de lo posible.
1.3. Disminución del consumo energético (MTD 2-6-27-33):
— Uso de tuberías calorifugadas para la conducción de vapor, condensados recuperados,
etc. Asimismo, se aplicarán aislamientos térmicos a los equipos de distribución de frío
de la sección de enfriamiento previa al envasado aséptico.
— Recuperar y reutilizar los condensados, en las etapas de concentración y en las de tratamiento térmico. Recirculación y reutilización de las aguas de enfriamiento.
3. El TAAI deberá utiliza refrigerantes sin potencial de agotamiento del ozono y con un bajo
potencial de calentamiento atmosférico (MTD 9).
h) Plan de ejecución
1. En el caso de que el proyecto, instalación o actividad no comenzará a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de 5 año, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAI, la DGS, previa
audiencia del titular acordará la caducidad de la AAI, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. Dentro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir
a la DGS solicitud de inicio de la actividad según lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, y aportar memoria, suscrita por técnico competente, que certifique que las obras e instalaciones se han ejecutado conforme a lo establecido en la documentación presentada y a las condiciones de la AAI.
Jueves 18 de julio de 2024
36213
— Realizar control y registro del consumo de agua, principalmente en las etapas del proceso en que mayores consumos de agua se producen.
— Realizar mantenimiento preventivo y periódico sobre los equipos y etapas donde el
consumo de agua es importante, de forma que se prevengan pérdidas, fugas o un incorrecto funcionamiento de la maquinaria.
1.2. Disminución de la carga contaminante (MTD 2-7-8-10):
— Aplicar y difundir las Buenas Prácticas de Fabricación al personal.
— Separar los sólidos de las aguas residuales lo antes posible (rejillas, barrido de suelos,
separadores de sólidos, etc). Y evitar la entrada de residuos sólidos en las aguas residuales, durante la limpieza de los equipos e instalaciones.
— Limpieza en seco en la medida de lo posible.
1.3. Disminución del consumo energético (MTD 2-6-27-33):
— Uso de tuberías calorifugadas para la conducción de vapor, condensados recuperados,
etc. Asimismo, se aplicarán aislamientos térmicos a los equipos de distribución de frío
de la sección de enfriamiento previa al envasado aséptico.
— Recuperar y reutilizar los condensados, en las etapas de concentración y en las de tratamiento térmico. Recirculación y reutilización de las aguas de enfriamiento.
3. El TAAI deberá utiliza refrigerantes sin potencial de agotamiento del ozono y con un bajo
potencial de calentamiento atmosférico (MTD 9).
h) Plan de ejecución
1. En el caso de que el proyecto, instalación o actividad no comenzará a ejecutarse o desarrollarse en el plazo de 5 año, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAI, la DGS, previa
audiencia del titular acordará la caducidad de la AAI, conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. Dentro del plazo indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación deberá remitir
a la DGS solicitud de inicio de la actividad según lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, y aportar memoria, suscrita por técnico competente, que certifique que las obras e instalaciones se han ejecutado conforme a lo establecido en la documentación presentada y a las condiciones de la AAI.