Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062428)
Resolución de 7 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se modifican las condiciones de la declaración de impacto ambiental del proyecto de "Generación de nuevas masas resilientes en superficies afectadas por incendios forestales en el Monte Piornal", en el término municipal de Piornal. Expte.: IA21/0790.
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Jueves 18 de julio de 2024



a) La entrada en vigor de nueva normativa que incida sustancialmente en el cumplimiento de las condiciones establecidas en la declaración de impacto ambiental.

b) Cuando la declaración de impacto ambiental establezca condiciones cuyo cumplimiento se haga imposible o innecesario porque la utilización de las nuevas y mejores
técnicas disponibles en el momento de formular la solicitud de modificación permiten
una mejor y más adecuada protección del medio ambiente, respecto del proyecto o
actuación inicialmente sometido a evaluación de impacto ambiental.


c) Cuando durante el seguimiento del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental se detecte que las medidas preventivas, correctoras o compensatorias son
insuficientes, innecesarias o ineficaces (...)”.

En su virtud, atendiendo a los antecedentes de hecho y de acuerdo con los fundamentos jurídicos expuestos, este órgano directivo,
RESUELVE:
Modificar la medida 6.2, del apartado D.2. Medidas en la fase de construcción, de la Resolución de 12 de mayo de 2023, por la que se formuló declaración de impacto ambiental para
el proyecto de “Generación de nuevas masas resilientes en superficies afectadas por incendios forestales en el monte Piornal”, proyecto a ejecutar en el término municipal de Piornal,
provincia de Cáceres, cuya promotora es Grupo Sylvestris SL, al concurrir la circunstancia
prevista en la letra c) del apartado 1 del artículo 85 de la de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cual pasa a tener la
siguiente redacción:
“Se podrán realizar los trabajos preparatorios del terreno y desbroces de matorral dentro
del periodo del 15 de abril al 15 de julio, siempre que los trabajos se realicen siguiendo el
resto de medidas correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental y la declaración de impacto ambiental. Deberá realizarse una prospección previa de las zonas, y en
el caso de detectar ejemplares de especies protegidas en este periodo sensible con nidos o
madrigueras activas u otros valores ambientales que pudieran verse afectados, se pondrá
en conocimiento inmediato del Agente del Medio Natural, para que se tomen las medidas
pertinentes a fin de evitar o minimizar las posibles molestias durante el periodo sensible,
incluso desplazando o aplazando los trabajos en ciertos rodales si fuera necesario”.
La ejecución del proyecto, tras la modificación de las condiciones de la Resolución de 12 de
mayo de 2023, por la que se formuló declaración de impacto ambiental sobre el mismo, se
llevará a cabo con estricta sujeción a las medidas preventivas, correctoras y compensatorias
recogidas en dicha declaración de impacto ambiental.