Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062415)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales, el Servicio Extremeño de Salud (SES), el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) y la Asociación Oncológica Extremeña (AOEx) para la realización de actividades de voluntariado, atención psicológica y social a personas que padecen enfermedades oncológicas y a sus familiares.
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NÚMERO 139
Jueves 18 de julio de 2024
36150
— Facilitar el espacio físico adecuado para la realización de las actividades objeto del convenio en función de la disponibilidad de los distintos centros hospitalarios, y sociosanitarios.
Tercera. Obligaciones de la AOEX.
La AOEX y sus profesionales y personas voluntarias acogidas al presente convenio tendrán las
siguientes obligaciones:
— Cumplir los compromisos adquiridos con el SES y el SEPAD, respetando los fines y normativas de los mismos, sin que su actuación pueda interferir en ningún caso en la de
las/los profesionales sanitarios y no sanitarios.
— Prestar a las personas voluntarias en el desarrollo de su acción/acompañamiento, la información, formación, orientación y apoyo necesarios para el ejercicio de las funciones
que se les asignen.
— Rechazar cualquier contraprestación material que pudiera serle ofrecida por parte de los
beneficiarios o de cualquier otra persona relacionada con ellos, como remuneración de
sus actividades voluntarias.
— Actuar de forma diligente y responsable de acuerdo con el compromiso de incorporación
suscrito.
— Respetar los derechos de los beneficiarios de su actividad voluntaria.
— Respetar y cuidar los recursos materiales que se pongan a su disposición.
— Comunicar con antelación suficiente su cese temporal o definitivo de la actividad voluntaria en que se participe.
— Cumplir las medidas de seguridad de higiene que se adopten en los centros sanitarios y
sociosanitarios.
La AOEx se compromete a:
— Designar a una persona que desarrolle la función de coordinación del voluntariado de
la AOEx, que será responsable de la actuación de sus miembros y el interlocutor válido
ante el representante nombrado por el SES y por el SEPAD.
— Seleccionar y formar a las personas voluntarias que participen en el desarrollo de la
actividad.
Jueves 18 de julio de 2024
36150
— Facilitar el espacio físico adecuado para la realización de las actividades objeto del convenio en función de la disponibilidad de los distintos centros hospitalarios, y sociosanitarios.
Tercera. Obligaciones de la AOEX.
La AOEX y sus profesionales y personas voluntarias acogidas al presente convenio tendrán las
siguientes obligaciones:
— Cumplir los compromisos adquiridos con el SES y el SEPAD, respetando los fines y normativas de los mismos, sin que su actuación pueda interferir en ningún caso en la de
las/los profesionales sanitarios y no sanitarios.
— Prestar a las personas voluntarias en el desarrollo de su acción/acompañamiento, la información, formación, orientación y apoyo necesarios para el ejercicio de las funciones
que se les asignen.
— Rechazar cualquier contraprestación material que pudiera serle ofrecida por parte de los
beneficiarios o de cualquier otra persona relacionada con ellos, como remuneración de
sus actividades voluntarias.
— Actuar de forma diligente y responsable de acuerdo con el compromiso de incorporación
suscrito.
— Respetar los derechos de los beneficiarios de su actividad voluntaria.
— Respetar y cuidar los recursos materiales que se pongan a su disposición.
— Comunicar con antelación suficiente su cese temporal o definitivo de la actividad voluntaria en que se participe.
— Cumplir las medidas de seguridad de higiene que se adopten en los centros sanitarios y
sociosanitarios.
La AOEx se compromete a:
— Designar a una persona que desarrolle la función de coordinación del voluntariado de
la AOEx, que será responsable de la actuación de sus miembros y el interlocutor válido
ante el representante nombrado por el SES y por el SEPAD.
— Seleccionar y formar a las personas voluntarias que participen en el desarrollo de la
actividad.