Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062415)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales, el Servicio Extremeño de Salud (SES), el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) y la Asociación Oncológica Extremeña (AOEx) para la realización de actividades de voluntariado, atención psicológica y social a personas que padecen enfermedades oncológicas y a sus familiares.
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NÚMERO 139
Jueves 18 de julio de 2024

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ESTIPULACIONES
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es regular la actuación de las/los profesionales (psicólogos/
as, trabajadores/as sociales y educador/a Social y de las personas voluntarias de la AOEX,
en la atención y/o acompañamiento a las personas con enfermedad oncológica y a sus familiares con el fin de mejorar su calidad de vida, siempre que de forma expresa y libre quieran
ser beneficiarios de la referida atención y/o acompañamiento. Para ello colaborarán con los
responsables asistenciales de los centros hospitalarios y sociosanitarios dependientes del SES
y del SEPAD, respectivamente, en la atención integral a estas personas, sin interferir en la
asistencia ni suplir la actividad de las/los profesionales del SES o del SEPAD.
Segunda. Obligaciones del SES y el SEPAD.
El SES y el SEPAD se comprometen a:
— Designar a una persona responsable que actuará como interlocutora a efectos de la
aplicación del convenio en cada centro hospitalario y sociosanitario.
— Facilitar el desarrollo de las actuaciones contenidas en el presente convenio, permitiendo el acceso a las instalaciones de los centros hospitalarios del SES y sociosanitarios del
SEPAD de las/los profesionales y las personas voluntarias de AOEx, mediante acreditaciones expedidas en dichos centros.
— Facilitar el contacto de las/los profesionales y de las personas voluntarias de la AOEx con
las personas con enfermedad oncológica y sus familiares.
— Facilitar a las/los profesionales y a las personas voluntarias de AOEx, a través de la persona coordinadora de la AOEx, y de común acuerdo con ella, las instrucciones precisas
de actuación, horarios, así como las áreas o unidades en las que deben actuar en cada
caso.
— Facilitar información al personal sanitario acerca de las funciones y actividades a desarrollar por las/los profesionales y las personas voluntarias de AOEx para que el máximo
número de personas con enfermedad oncológica y sus familiares puedan tener acceso a
las actividades desarrolladas por la Asociación.
— Establecer los mecanismos de coordinación entre los distintos responsables de los centros hospitalarios del SES y sociosanitarios del SEPAD y las/los profesionales y las personas voluntarias de la AOEx a fin de lograr el desarrollo adecuado de sus actuaciones.