Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Idiomas. (2024062409)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se hace pública la relación de centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura autorizados a implantar Secciones Bilingües desde el curso escolar 2024/2025.
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Miércoles 17 de julio de 2024

correspondiente la Memoria Anual de la Sección Bilingüe, conforme a lo establecido en el
artículo 33 de la orden citada.
Quinto. Antes del término de los cuatro primeros cursos escolares desde la fecha de implantación del programa de Sección Bilingüe, contada a partir de la publicación de la Orden de 20
de abril de 2017, el centro educativo deberá tener elaborado un Proyecto Lingüístico de Centro. Este proyecto, que formará parte del Proyecto Educativo del Centro, deberá ser revisado
y actualizado al final de cada curso escolar y se incluirá en la Programación General Anual.
Sexto. Compete a las Unidades de Inspección Provincial de acuerdo con lo que establezcan
sus planes de actuación, asesorar, supervisar y participar en el desarrollo y la evaluación del
programa de Sección Bilingüe, así como proponer la adopción de medidas que contribuyan a
su perfeccionamiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los centros privados
concertados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la
presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos.
Mérida, 9 de julio de 2024.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA