Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Agrupación De Defensa Sanitaria. Subvenciones. (2024062370)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria para 2024 de subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 138
35949
Miércoles 17 de julio de 2024
No obstante, la falta de notificación expresa en el plazo establecido para ello, legitima a la
persona interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo.
Séptimo. Comisión de Valoración.
Para la prelación de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que emitirá al
órgano instructor informe vinculante en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada. La Comisión de Valoración estará constituida:
— Presidencia: persona responsable de la Dirección Regional de Programas de Sanidad
Animal.
— Vocal:
persona responsable de la Jefatura de Sección de Bienestar Animal.
— Secretaría:
persona con titulación superior del servicio de Sanidad Animal.
La composición definitiva de la Comisión deberá publicarse con anterioridad a su constitución,
a través de internet en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible.
Octavo. Notificación de la resolución.
La resolución se notificará individualmente a cada persona o entidad beneficiaria de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Noveno. Orden de prelación para las actividades subvencionables, ponderación y
valoración.
1. L
as actividades subvencionables establecidas de acuerdo con lo previsto en el artículo 4
de la Orden de 20 de marzo de 2024 y el orden de prioridad determinado por la Dirección
General de Agricultura y Ganadería según establece el artículo 5 de la citada orden, para
esta convocatoria son los siguientes:
ORDEN
PRIORIDAD
1.ª
ACTIVIDAD SUBVENCIONABLE
Actuaciones realizadas para el cumplimiento de los programas sanitarios específicos establecidos para las ADS
por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
CUANTÍA UNITARIA
40 € por explotación
35949
Miércoles 17 de julio de 2024
No obstante, la falta de notificación expresa en el plazo establecido para ello, legitima a la
persona interesada para entenderla desestimada por silencio administrativo.
Séptimo. Comisión de Valoración.
Para la prelación de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración que emitirá al
órgano instructor informe vinculante en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada. La Comisión de Valoración estará constituida:
— Presidencia: persona responsable de la Dirección Regional de Programas de Sanidad
Animal.
— Vocal:
persona responsable de la Jefatura de Sección de Bienestar Animal.
— Secretaría:
persona con titulación superior del servicio de Sanidad Animal.
La composición definitiva de la Comisión deberá publicarse con anterioridad a su constitución,
a través de internet en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible.
Octavo. Notificación de la resolución.
La resolución se notificará individualmente a cada persona o entidad beneficiaria de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Noveno. Orden de prelación para las actividades subvencionables, ponderación y
valoración.
1. L
as actividades subvencionables establecidas de acuerdo con lo previsto en el artículo 4
de la Orden de 20 de marzo de 2024 y el orden de prioridad determinado por la Dirección
General de Agricultura y Ganadería según establece el artículo 5 de la citada orden, para
esta convocatoria son los siguientes:
ORDEN
PRIORIDAD
1.ª
ACTIVIDAD SUBVENCIONABLE
Actuaciones realizadas para el cumplimiento de los programas sanitarios específicos establecidos para las ADS
por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
CUANTÍA UNITARIA
40 € por explotación