Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Agrupación De Defensa Sanitaria. Subvenciones. (2024062370)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria para 2024 de subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 138
Miércoles 17 de julio de 2024

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En su virtud, previa autorización del Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 2 de julio
de 2024,
RESUELVO:
Primero. Norma que regula las subvenciones y su publicación oficial.
Las subvenciones que se convocan están reguladas en la Orden de 20 de marzo de 2024 por
la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad
Autónoma de Extremadura publicadas en el Diario Oficial de Extremadura n.º 59, de 25 de
marzo de 2024.
Segundo. Objeto.
Se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica anual,
para las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo sucesivo ADS, reconocidas
en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la realización de
las actividades contempladas en el artículo 4 de dicha Orden de 20 de marzo de 2024 por la
que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa
Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura, llevadas a cabo en el periodo comprendido entre el día 1 de octubre
de 2023, y el 30 de septiembre de 2024, siendo su objeto la compensación de los costes de
las actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales
incluidas en programas o actuaciones sanitarias.
Tercero. Beneficiarias.
1. L
 as beneficiarias de las ayudas son las ADS que estén reconocidas mediante resolución de
la Dirección General de Agricultura y Ganadería, de acuerdo con el Decreto 160/2014, de
15 de julio y Decreto 194/2005, de 30 de agosto, el día de la publicación de la convocatoria
anual correspondiente en el Diario Oficial de Extremadura.
Estas ADS son las que podrán solicitar las subvenciones, siendo las beneficiarias finales de
las ayudas las pequeñas y medianas explotaciones integradas en la ADS el último día de
presentación de la solicitud, y que cumplan los requisitos previstos en el artículo 12 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y en el artículo 3 del Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las
bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa
sanitaria ganaderas.