Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062361)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de establecimiento de zona de baño y zonas recreativas de Pinofranqueado, en el polígono 7 parcela 9002, a ubicar en el término municipal de Pinofranqueado, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Pinofranqueado. Expte.: IA23/1672.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024

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tura en el cauce habitado por ictiofauna endémica y artrópodos protegidos, en cuyas
raíces encharcadas se desarrolla la puesta y maduración de sus larvas (odonatos
principalmente). En el caso de ser necesario la corta de algún pie arbóreo será preceptivo contar previamente con la autorización del Servicio de Ordenación y Gestión
Forestal correspondiente.


— En aquellos cauces en los que se detecten manchas y ejemplares de vegetación con
comportamiento invasivo (mimosas, acacias, por ejemplo) es importante tomar medidas preventivas en las fases iniciales de la colonización, ya que en fases avanzadas
la erradicación puede ser muy difícil e inviable técnica y económicamente.



— Los desbroces previstos se realizarán en todo caso fuera de las zonas de servidumbre
de cauces (al menos 5 m) y dejando una banda de matorral de 10-20 m sin desbrozar en las zonas de ribera.



— No se emplearán herbicidas en el desarrollo de las actuaciones proyectadas por el
alto riesgo de contaminación de las aguas públicas.



— Si las zonas de baño contemplaran alguna derivación canalizada o arquetas, éstas
deben estar dotadas de sistemas de filtros o rejillas con malla de luz inferiores a 15
mm, que impidan la entrada de fauna (micromamíferos y peces principalmente).



— El ajardinamiento de la zona de baño y recreativa deberá realizarse con especies autóctonas, quedando prohibida la plantación de especies invasoras. A continuación, se
indica un enlace en el que se describen las especies de flora recogidas en el Catálogo
Español de Especies Exóticas Invasoras al objeto de conocerlas:




h
 ttps://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/especies-exoticas-invasoras/ce_eei_flora.aspx

— En la zona de baño se implantarán dos carteles interpretativos relativo a:



• Red Natura 2000 del espacio en el que se ubique la piscina, incidiendo en los valores ambientales presentes y medidas para que la ciudadanía pueda contribuir a
su conservación y cuidado.



• Medidas preventivas, correctoras, compensatorias o sustitutorias que se han incluido en el diseño de la piscina para la conservación de ictiofauna protegida:
Pasos de peces, diseño de los cerramientos; etc. Se considera fundamental el uso
de un lenguaje cercano, que cumpla una función divulgativa, interpretativa, facilitadora y comprensiva.