Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062363)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de establecimiento de zona de baño y zonas recreativas de Horcajo, en el polígono 4 parcela 9009 a ubicar en el término municipal de Pinofranqueado, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Pinofranqueado. Expte.: IA23/1673.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024
35581
tra el caudal de estiaje (0,25 m) y cuya anchura es suficiente (1,5 m) para evitar su
frecuente obstaculización por piedras.
• Mantiene con lecho natural el fondo del vaso de la piscina. Esto previene la regularización de la rasante del fondo y su consiguiente pérdida de calado, el incremento de
la velocidad y la desaparición de la vena de estiaje.
• Incluye un paso de peces para su servicio durante el cerramiento temporal del vaso
de la piscina. El diseño de una rampa naturalizada debe facilitar los movimientos de
las poblaciones piscícolas al facilitar el paso a las piscícolas con menor capacidad de
natación y salto. Este dispositivo deberá cumplir las siguientes condiciones básicas
desde la entrada hasta la salida del pez en el paso:
–V
elocidades de flujo en el paso menores a 1 m/s y calados próximos a los 20 cm
(para el mes de junio).
–A
cceso al canal o rampa siempre sumergido, sin salto y franqueable a nado.
–D
imensiones o dispositivos para evitar la colmatación por acarreos.
–R
ugosidad de la losa en el paso similar a la del lecho natural.
–Q
ue el caudal mínimo que debe verter el vaso de la piscina circule por el dispositivo de peces, siempre que discurra agua por el río.
Se recuerda que, tras la puesta en funcionamiento, el mantenimiento en servicio del
paso de peces, así como el cumplimiento del condicionado básico es obligatorio para el
titular de la obra.
Las obras dentro del cauce no deberán coincidir con la época de freza y el desarrollo de
las puestas de ciprínidos y truchas entre diciembre y junio; y se deberán disponer las
ataguías y bombeos necesarios para evitar lavados del cemento o similar durante los
trabajos.
Para más información de la sección de Pesca, Acuicultura y Coordinación sobre directrices de obras en ríos se remite a la web http://pescayrios.juntaextremadura.es en
el apartado “Planificación y gestión” y “directrices para obras con afección a cursos de
agua”. Respecto a piscinas naturales se remite a la consulta del documento “Medidas
en piscinas naturales para la compatibilidad con el medio fluvial y la franqueabilidad
piscícola”.
— El Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia informa que, atendiendo al Proyecto de Clasifi-
Lunes 15 de julio de 2024
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tra el caudal de estiaje (0,25 m) y cuya anchura es suficiente (1,5 m) para evitar su
frecuente obstaculización por piedras.
• Mantiene con lecho natural el fondo del vaso de la piscina. Esto previene la regularización de la rasante del fondo y su consiguiente pérdida de calado, el incremento de
la velocidad y la desaparición de la vena de estiaje.
• Incluye un paso de peces para su servicio durante el cerramiento temporal del vaso
de la piscina. El diseño de una rampa naturalizada debe facilitar los movimientos de
las poblaciones piscícolas al facilitar el paso a las piscícolas con menor capacidad de
natación y salto. Este dispositivo deberá cumplir las siguientes condiciones básicas
desde la entrada hasta la salida del pez en el paso:
–V
elocidades de flujo en el paso menores a 1 m/s y calados próximos a los 20 cm
(para el mes de junio).
–A
cceso al canal o rampa siempre sumergido, sin salto y franqueable a nado.
–D
imensiones o dispositivos para evitar la colmatación por acarreos.
–R
ugosidad de la losa en el paso similar a la del lecho natural.
–Q
ue el caudal mínimo que debe verter el vaso de la piscina circule por el dispositivo de peces, siempre que discurra agua por el río.
Se recuerda que, tras la puesta en funcionamiento, el mantenimiento en servicio del
paso de peces, así como el cumplimiento del condicionado básico es obligatorio para el
titular de la obra.
Las obras dentro del cauce no deberán coincidir con la época de freza y el desarrollo de
las puestas de ciprínidos y truchas entre diciembre y junio; y se deberán disponer las
ataguías y bombeos necesarios para evitar lavados del cemento o similar durante los
trabajos.
Para más información de la sección de Pesca, Acuicultura y Coordinación sobre directrices de obras en ríos se remite a la web http://pescayrios.juntaextremadura.es en
el apartado “Planificación y gestión” y “directrices para obras con afección a cursos de
agua”. Respecto a piscinas naturales se remite a la consulta del documento “Medidas
en piscinas naturales para la compatibilidad con el medio fluvial y la franqueabilidad
piscícola”.
— El Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia informa que, atendiendo al Proyecto de Clasifi-