Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024062296)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas con discapacidad correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024

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parte de la entidad beneficiaria de la subvención. El sondeo de personas demandantes será
realizado por personas técnicas del Servicio Extremeño Público de Empleo.
Cuarto. Localización de las actuaciones.
1. Las entidades deberán solicitar de manera ordenada por prioridad todos los grupos de Centros de Empleo establecidos en este punto, siendo su adjudicación por orden de puntuación
obtenida en la concurrencia competitiva.
Grupo 1. Alburquerque, Badajoz Comarcal, Badajoz San Roque, Barcarrota, Olivenza, Jerez de los Caballeros, Mérida-Vespasiano (Comarcal), Fuente de Cantos, Fregenal de la
Sierra, Zafra.
Grupo 2. Azuaga, Badajoz-Juan Carlos I, Castuera, Don Benito, Guareña, Almendralejo,
Herrera del Duque, Talarrubias, Llerena.
Grupo 3. Cabeza del Buey, Campanario, Orellana la Vieja, Villanueva de la Serena, Villafranca de los Barros, Miajadas, Trujillo, Cañamero, Mérida Integrada, Montijo.
Grupo 4. Casar de Palomero, Coria, Hervás, Hoyos, Jaraíz de la Vera, Navalmoral de la
Mata, Talayuela, Plasencia, Cáceres Urbana, Cáceres Comarcal, Valencia de Alcántara,
Brozas.
2. Las acciones se podrán desarrollar en todas las localidades que pertenezcan a los Centros
de Empleo.
Quinto. Procedimiento de concesión y de convocatoria.
1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, en los términos previstos en el capítulo II del
título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2. Atendiendo al artículo 27 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se podrá instar al beneficiario/a de la subvención a la
reformulación de su solicitud si el importe de la subvención de la propuesta de resolución
provisional es inferior al que figura en la solicitud presentada.
Sexto. Plazo, forma de presentación de las solicitudes y documentación a acompañar.
1. El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día
siguiente a la fecha de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el
Diario Oficial de Extremadura.