Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024062296)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas con discapacidad correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024
35637
c) Subvención por adquisición de competencias genéricas y transversales: Relacionada
con el número de personas a atender y el número de horas de trabajo de las personas
técnicas necesarias para dichas acciones que se estiman en 5 horas por cada persona
usuaria, con un máximo de 35.000 €.
d) Subvención por acciones de coaching para constituir equipos de búsqueda de empleo:
Relacionada con el número de personas a atender y el número de horas de trabajo de
las personas técnicas necesarias para dichas acciones que se estiman en 5 horas por
cada persona usuaria, en talleres grupales, con un máximo de 3.500 €.
e) Subvención por preparación de las sesiones de coaching: Relacionada con el número de
personas a atender y el número de horas de trabajo de las personas técnicas necesarias
para las acciones de coaching, que se estima en 4 horas por taller, con un máximo de
2.800 €.
f) Subvención por prospección: Relacionada con la contratación de una persona técnica a
jornada completa durante 6 meses dedicada a las tareas de prospección, con un máximo
de 21.000 €.
g) Subvención por empleo con apoyo: Relacionada con la contratación de una persona técnica a jornada completa durante 6 meses dedicada a las tareas de empleo con apoyo,
con un máximo de 21.000 €.
h) Subvención por coordinación: Relacionada con el número de personas a atender y el
número de personas técnicas dedicadas a las tareas de orientación, de acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales, de coaching para constituir equipos de búsqueda de empleo, de prospección y de empleo con apoyo. De acuerdo con lo
estipulado en el artículo 5.1 a) a.3 de la Orden de 17 de noviembre de 2020, se estima
en el 60 % del coste de la jornada laboral anual con un máximo de 25.200 €.
i) Personal de apoyo para el programa: De acuerdo con lo estipulado en el artículo 5.1 a)
a.1 de la Orden de 17 de noviembre de 2020 se estima necesaria una persona de apoyo
con un coste salarial máximo de 25.200 €.
j) Subvención para gastos de dietas y desplazamiento: El importe de las dietas o gastos de
desplazamientos no podrá ser superior al que la Junta de Extremadura establece en el
Decreto 287/2007, de 3 de agosto, de indemnizaciones por razón de servicio y podrán
imputarse al proyecto siempre que las mismas tengan como destino u origen las localidades pertenecientes a los centros de empleo asignados a la entidad en la resolución. El
límite máximo de dichos gastos será de 10.885 € de acuerdo con el artículo 10.1 b) de
la Orden de 17 de noviembre de 2020.
Lunes 15 de julio de 2024
35637
c) Subvención por adquisición de competencias genéricas y transversales: Relacionada
con el número de personas a atender y el número de horas de trabajo de las personas
técnicas necesarias para dichas acciones que se estiman en 5 horas por cada persona
usuaria, con un máximo de 35.000 €.
d) Subvención por acciones de coaching para constituir equipos de búsqueda de empleo:
Relacionada con el número de personas a atender y el número de horas de trabajo de
las personas técnicas necesarias para dichas acciones que se estiman en 5 horas por
cada persona usuaria, en talleres grupales, con un máximo de 3.500 €.
e) Subvención por preparación de las sesiones de coaching: Relacionada con el número de
personas a atender y el número de horas de trabajo de las personas técnicas necesarias
para las acciones de coaching, que se estima en 4 horas por taller, con un máximo de
2.800 €.
f) Subvención por prospección: Relacionada con la contratación de una persona técnica a
jornada completa durante 6 meses dedicada a las tareas de prospección, con un máximo
de 21.000 €.
g) Subvención por empleo con apoyo: Relacionada con la contratación de una persona técnica a jornada completa durante 6 meses dedicada a las tareas de empleo con apoyo,
con un máximo de 21.000 €.
h) Subvención por coordinación: Relacionada con el número de personas a atender y el
número de personas técnicas dedicadas a las tareas de orientación, de acciones de adquisición de competencias genéricas y transversales, de coaching para constituir equipos de búsqueda de empleo, de prospección y de empleo con apoyo. De acuerdo con lo
estipulado en el artículo 5.1 a) a.3 de la Orden de 17 de noviembre de 2020, se estima
en el 60 % del coste de la jornada laboral anual con un máximo de 25.200 €.
i) Personal de apoyo para el programa: De acuerdo con lo estipulado en el artículo 5.1 a)
a.1 de la Orden de 17 de noviembre de 2020 se estima necesaria una persona de apoyo
con un coste salarial máximo de 25.200 €.
j) Subvención para gastos de dietas y desplazamiento: El importe de las dietas o gastos de
desplazamientos no podrá ser superior al que la Junta de Extremadura establece en el
Decreto 287/2007, de 3 de agosto, de indemnizaciones por razón de servicio y podrán
imputarse al proyecto siempre que las mismas tengan como destino u origen las localidades pertenecientes a los centros de empleo asignados a la entidad en la resolución. El
límite máximo de dichos gastos será de 10.885 € de acuerdo con el artículo 10.1 b) de
la Orden de 17 de noviembre de 2020.