Servicio Extremeño De Salud. Avocación. Delegación. (2024062364)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se avoca competencia en materia de contratación administrativa y se delega competencia en la misma materia.
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NÚMERO 135

35224

Viernes 12 de julio de 2024

RESUELVO:
Primero. Avocar la competencia en materia de contratación administrativa en relación al
contrato de suministro de “un quirófano de paneles modulares para traumatología y sus salas
asociadas, el suministro de lámparas quirúrgicas LED, mesa de operaciones móvil, brazo de
anestesia, brazo para cirugía, endoscopia, y panel técnico de quirófano para el Hospital Virgen
del Puerto de Plasencia”, delegada en la persona titular de la Gerencia de Área de Plasencia
en virtud de la Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de 11 de septiembre),
de la Dirección Gerencia, por la que se delegan competencias en determinadas materias y sin
perjuicio del resto de delegaciones efectuadas en la mencionada resolución.
Segundo. Delegar en la persona titular de la Dirección General de Planificación Económica
la competencia en relación al contrato de suministro de “un quirófano de paneles modulares
para traumatología y sus salas asociadas, el suministro de lámparas quirúrgicas LED, mesa
de operaciones móvil, brazo de anestesia, brazo para cirugía, endoscopia, y panel técnico de
quirófano para el Hospital Virgen del Puerto de Plasencia”, todo ello, sin perjuicio del resto de
delegaciones efectuadas mediante Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de
11 de septiembre), de la Dirección Gerencia, por la que se delegan competencias en determinadas materias
La delegación de competencia contenida en la presente resolución podrá ser avocada por el
órgano delegante, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación de
competencias se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente esta circunstancia, con las precisiones que se establecen en el artículo 73.4 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Cuarto. La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 4 de julio de 2024.
El Director Gerente del Servicio
Extremeño de Salud,
JESÚS VILÉS PIRIS

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