Servicio Extremeño De Salud. Avocación. Delegación. (2024062364)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se avoca competencia en materia de contratación administrativa y se delega competencia en la misma materia.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 135
Viernes 12 de julio de 2024

II

35223

AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se
avoca competencia en materia de contratación administrativa y se delega
competencia en la misma materia. (2024062364)
El artículo 4.i) del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos
del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, atribuye al titular de la Dirección Gerencia la competencia para ejercer como órgano de contratación del Organismo Autónomo en
los términos establecidos en la Ley de Salud de Extremadura y en la normativa general sobre
contratación administrativa.
Mediante Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de 11 de septiembre), de la
Dirección Gerencia, se delegan competencias en determinadas materias, incluyendo la delegación en las Gerencias de Área, en el ámbito territorial del ejercicio de sus funciones, de
las competencias en relación con los contratos de suministros y servicios valor estimado sea
inferior a 1.800.000,01 euros.
No obstante, razones de eficacia, celeridad y coordinación en el ejercicio de las competencias
asignadas aconsejan avocar la competencia delegada en la persona titular de la Gerencia de
Área de Plasencia en relación al contrato de suministro de “un quirófano de paneles modulares
para traumatología y sus salas asociadas, el suministro de lámparas quirúrgicas LED, mesa
de operaciones móvil, brazo de anestesia, brazo para cirugía, endoscopia, y panel técnico de
quirófano para el Hospital Virgen del Puerto de Plasencia”, sin perjuicio del resto de las delegaciones en vigor en la materia. Razones de la misma índole aconsejan delegar dicha competencia en la persona titular de la Dirección General de Planificación Económica del Servicio
Extremeño de Salud.
En virtud de cuanto antecede, y de conformidad con las facultades que me confieren los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así
como los artículos 72 a 74 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,