Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Trámites Telemáticos. (2024062339)
Resolución de 14 de junio de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos del procedimiento de "Inscripción de alta, modificación o baja en el registro de puntos de recarga de acceso público para vehículos eléctricos" exigible a las empresas prestadoras de servicios de recarga energética, que actúan como operadores de puntos de recarga de acceso público, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se publica el modelo de formulario asociado a la tramitación.
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NÚMERO 132

34937

Martes 9 de julio de 2024

Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE n.º 140, de 21 de julio), correspondiendo el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con arreglo a las referencias competenciales
recogidas en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 145, de 28
de julio) y en el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el
citado Decreto 77/2023 (DOE extraordinario n.º 3, de 16 de septiembre).
RESUELVE:
Primero. Realizar la publicación de la disponibilidad de tramitación por medios electrónicos,
para el procedimiento de “Inscripción de alta, modificación o baja en el registro de puntos
de recarga de acceso público para vehículos eléctricos”, exigible a las empresas prestadoras
de servicios de recarga energética y que actúan como operadores de puntos de recarga de
acceso público en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Aprobar el modelo oficial de declaración responsable, que se adjunta como anexo
I a la presente resolución, ordenando su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, en
la Sede Electrónica Corporativa y en el portal www.juntaex.es de la Junta de Extremadura.
Tercero. Este formulario, que se adjunta como anexo a la presente resolución, deberá ser
utilizado para la presentación y tramitación obligatoria del procedimiento por medios electrónicos, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. Queda derogada la Instrucción n.º 1/2019, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, por la que se determina la información que deben remitir los titulares de
puntos de recarga para vehículos eléctricos de acceso público y su periodicidad, publicada en
el Diario Oficial de Extremadura n.º 102, de 29 de mayo de 2019.
Mérida, 14 de junio de 2024.
La Directora General de Industria,
Energía y Minas,
RAQUEL PASTOR LÓPEZ