Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040107)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al reajuste entre anualidades, redistribución del crédito convocado entre modalidades de ayuda y ampliación del crédito autorizado, en relación con las ayudas convocadas por el Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups (Modalidad II, empresas de base tecnológica).
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NÚMERO 132
Martes 9 de julio de 2024
34920
contenga el texto de la modificación efectuada. Por su parte, el citado artículo 23.2h permite ampliar los créditos aprobados en una convocatoria hasta un 20 por ciento de la cuantía
inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una
generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre
antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
Con fundamento en el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (LSCAEX), cabe la posibilidad de aumentar
el crédito total aprobado para la convocatoria hasta en 400.000,00€ (correspondiente al 20%
del crédito total aprobado) y reajustar el crédito que se aprobó para cada una de las modalidades, de modo que el exceso en la modalidad III pueda compensar, en parte, el déficit
previsto para la modalidad II.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de la Modificación del Extracto y de Anuncio por parte de la
Secretaría General de la Consejería Educación, Ciencia y Formación Profesional, sobre ampliación y reajuste entre anualidades y redistribución por modalidad de ayuda, de los créditos que
se aprobaron para la Modalidad II (proyectos realizados por empresas de base tecnológica)
con cargo a la aplicación presupuestaria 13006.331B.77000, código de Fondos código de Fondos FD211A1101 y código de proyecto de gasto: 20230003 “Proyectos de I+D+I realizado por
empresas de base tecnológica EBT y STARUP” para financiar las ayudas convocadas mediante
la disposición adicional única del Decreto 57/2023 de 24 de mayo por el que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación
industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups, con la distribución del crédito
aprobado para la modalidad II, con el siguiente desglose:
Aplicación presupuestaria 13006.331B.77000
Ejercicio corriente de 2024: 957.926 €
Ejercicio posterior de 2026: 410.540 €
Total convocatoria: 1.368.466 €
La financiación de las ayudas que se regulan en esta convocatoria se realizará con cargo al
Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación (2021-2027), dentro del Objetivo Político 1 “Una
Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innova-
Martes 9 de julio de 2024
34920
contenga el texto de la modificación efectuada. Por su parte, el citado artículo 23.2h permite ampliar los créditos aprobados en una convocatoria hasta un 20 por ciento de la cuantía
inicial, o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una
generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre
antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria.
Con fundamento en el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (LSCAEX), cabe la posibilidad de aumentar
el crédito total aprobado para la convocatoria hasta en 400.000,00€ (correspondiente al 20%
del crédito total aprobado) y reajustar el crédito que se aprobó para cada una de las modalidades, de modo que el exceso en la modalidad III pueda compensar, en parte, el déficit
previsto para la modalidad II.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de la Modificación del Extracto y de Anuncio por parte de la
Secretaría General de la Consejería Educación, Ciencia y Formación Profesional, sobre ampliación y reajuste entre anualidades y redistribución por modalidad de ayuda, de los créditos que
se aprobaron para la Modalidad II (proyectos realizados por empresas de base tecnológica)
con cargo a la aplicación presupuestaria 13006.331B.77000, código de Fondos código de Fondos FD211A1101 y código de proyecto de gasto: 20230003 “Proyectos de I+D+I realizado por
empresas de base tecnológica EBT y STARUP” para financiar las ayudas convocadas mediante
la disposición adicional única del Decreto 57/2023 de 24 de mayo por el que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación
industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups, con la distribución del crédito
aprobado para la modalidad II, con el siguiente desglose:
Aplicación presupuestaria 13006.331B.77000
Ejercicio corriente de 2024: 957.926 €
Ejercicio posterior de 2026: 410.540 €
Total convocatoria: 1.368.466 €
La financiación de las ayudas que se regulan en esta convocatoria se realizará con cargo al
Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación (2021-2027), dentro del Objetivo Político 1 “Una
Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innova-