Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024062352)
Resolución de 2 de julio de 2024, del Consejero, relativa a la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Almendralejo relativa a la calificación urbanística de las parcelas situadas en las calles Mecánica y Vereda Corona (M-070).
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NÚMERO 131
34880
Lunes 8 de julio de 2024
En virtud de lo expuesto, vistos los preceptos legales citados, y habiendo formado opinión favorable a la modificación expresada, el Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda,
RESUELVE:
1. A
probar definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana
epigrafiada.
2. P
ublicar, como anexo I a este acuerdo, la nueva normativa urbanística afectada resultante
de la aprobación de la presente modificación.
Por otro lado, a esta resolución, que también se publicará en la sede electrónica de la Junta de Extremadura, se acompañará un anexo II contemplativo de un resumen ejecutivo de
las características esenciales de la nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de
sus posibles aspectos ambientales.
Y como anexo III se publicará el certificado del responsable del Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en el que se hará constar la fecha y n.º de
inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado (artículo
57.6 de la LOTUS).
Contra esta resolución, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa
(artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Mérida, 2 de julio de 2024.
El Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda,
MANUEL MARTÍN CASTIZO
34880
Lunes 8 de julio de 2024
En virtud de lo expuesto, vistos los preceptos legales citados, y habiendo formado opinión favorable a la modificación expresada, el Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda,
RESUELVE:
1. A
probar definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana
epigrafiada.
2. P
ublicar, como anexo I a este acuerdo, la nueva normativa urbanística afectada resultante
de la aprobación de la presente modificación.
Por otro lado, a esta resolución, que también se publicará en la sede electrónica de la Junta de Extremadura, se acompañará un anexo II contemplativo de un resumen ejecutivo de
las características esenciales de la nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de
sus posibles aspectos ambientales.
Y como anexo III se publicará el certificado del responsable del Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en el que se hará constar la fecha y n.º de
inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado (artículo
57.6 de la LOTUS).
Contra esta resolución, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa
(artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Mérida, 2 de julio de 2024.
El Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda,
MANUEL MARTÍN CASTIZO