Presidencia De La Junta. Medalla De Extremadura. (2024040097)
Decreto 58/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Decreto 177/2013, de 24 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de concesión de la Medalla de Extremadura.
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NÚMERO 131
34749
Lunes 8 de julio de 2024
Una en representación de la Diputación Provincial de Badajoz.
Una en representación de la Diputación Provincial de Cáceres.
Una en representación de la Universidad de Extremadura.
Una en representación de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes.
Una en representación de las asociaciones de la prensa de Extremadura designado por
éstas, por turno rotatorio.
Una en representación de la Federación Extremeña de Municipios y Provincias”.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 2 de julio de 2024.
El Consejero de Presidencia, Interior y
Diálogo Social,
La Presidenta de la Junta de Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
ABEL BAUTISTA MORÁN
•••
34749
Lunes 8 de julio de 2024
Una en representación de la Diputación Provincial de Badajoz.
Una en representación de la Diputación Provincial de Cáceres.
Una en representación de la Universidad de Extremadura.
Una en representación de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes.
Una en representación de las asociaciones de la prensa de Extremadura designado por
éstas, por turno rotatorio.
Una en representación de la Federación Extremeña de Municipios y Provincias”.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 2 de julio de 2024.
El Consejero de Presidencia, Interior y
Diálogo Social,
La Presidenta de la Junta de Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
ABEL BAUTISTA MORÁN
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