Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062307)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de fábrica de harina de insectos para alimentación animal, cuya promotora es Proinsex 2021, SL, en el término municipal de Talayuela.
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NÚMERO 130
34682
Viernes 5 de julio de 2024
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Proinsex 2021, SL, para la instalación de
una fabricación de harinas a partir de insectos para la alimentación animal. La capacidad de
producción será a inferior a 0,045 Tm/ hora e inferior a 63 Tm/año, en el término municipal de
Talayuela (Cáceres), incluida en la categoría 9.4 “Instalaciones para la eliminación, distinta a
la incineración y coincineración, o el aprovechamiento de SANDACH, no incluidas en el anexo
I”, a los efectos recogidos en la referida norma, debiéndose, en todo caso, en el ejercicio de
la actividad, dar cumplimiento al condicionado fijado a continuación y al recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización,
sin perjuicio del cumplimiento de las prescripciones establecidas en la legislación sectorial que
resulte de aplicación a la actividad en cada momento. El n,º de expediente de la instalación
es el AAU24/005.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y control de
los residuos generados en la actividad.
1. La actividad generará los siguientes residuos no peligrosos:
RESIDUO
CÓDIGO LER
ORIGEN
CANTIDAD
Tm/año
(1)
Envases
de papel y
cartón
15 01 01
Envases desechados no
contaminados
0,9
Heces de
animales
02 01 06
Proceso productivo
4,3
Envases de
plástico
15 01 02
Envases desechados no
contaminados
0,1
(1) L
ER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.
2. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado en este informe, deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión
más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
3. E
l titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión
y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
34682
Viernes 5 de julio de 2024
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Proinsex 2021, SL, para la instalación de
una fabricación de harinas a partir de insectos para la alimentación animal. La capacidad de
producción será a inferior a 0,045 Tm/ hora e inferior a 63 Tm/año, en el término municipal de
Talayuela (Cáceres), incluida en la categoría 9.4 “Instalaciones para la eliminación, distinta a
la incineración y coincineración, o el aprovechamiento de SANDACH, no incluidas en el anexo
I”, a los efectos recogidos en la referida norma, debiéndose, en todo caso, en el ejercicio de
la actividad, dar cumplimiento al condicionado fijado a continuación y al recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización,
sin perjuicio del cumplimiento de las prescripciones establecidas en la legislación sectorial que
resulte de aplicación a la actividad en cada momento. El n,º de expediente de la instalación
es el AAU24/005.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y control de
los residuos generados en la actividad.
1. La actividad generará los siguientes residuos no peligrosos:
RESIDUO
CÓDIGO LER
ORIGEN
CANTIDAD
Tm/año
(1)
Envases
de papel y
cartón
15 01 01
Envases desechados no
contaminados
0,9
Heces de
animales
02 01 06
Proceso productivo
4,3
Envases de
plástico
15 01 02
Envases desechados no
contaminados
0,1
(1) L
ER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.
2. L
a generación de cualquier otro residuo no mencionado en este informe, deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión
más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
3. E
l titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión
y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos