Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062301)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas superficiales del río Guadiana a través del Canal de Lobón con destino al riego por goteo de una superficie de 142,1798 ha de cultivo de olivo en la finca "El Familiar", en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/0500.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024

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2. T
 odos los residuos generados en la explotación del proyecto (mangueras, tuberías, envases, etc.) deberán ser gestionados según la normativa vigente, Ley 7/2022, de 8 de
abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Se tendrá especial
cuidado con los envases vacíos de productos fitosanitarios, considerados residuos peligrosos.
3. C
 on objeto de minimizar la afección al suelo, aguas superficiales y/o subterráneas no se
permitirá el vertido directo o indirecto de aguas y productos susceptibles de provocar
contaminación al medio.
D.2 Medidas preventivas, correctoras y compensatorias.
1. L
 a balsa de almacenaje no podrá tener una pendiente mayor en los taludes, tanto interno como externo, del 50 %.
2. L
 a balsa debe contar con dispositivos de salida para la fauna para evitar la muerte por
ahogamiento de las diferentes especies de mamíferos, reptiles y demás vertebrados
que puedan caer. Estos deben estar provistos de bandas de PVC rugoso, tipo cintas
transportadoras de goma desechadas en almazaras, o cualquier otro dispositivo que
cumpla dicha función, de material antideslizante y resistente. Se instalará una cada 10
m quedando fijadas en los márgenes, talud interior y al fondo, evitando así la flotación.
Deberán ser fijos y duraderos en el tiempo (en caso de deterioro ser sustituidos).
3. P
 ara la salida de personas y fauna de mediano o gran tamaño, se pueden utilizar entramados de cuerdas a modo de escalera, con una distancia que no supere el doble
de la separación de los dispositivos de salida para fauna menor (30-40 m de distancia
máxima).
4. S
 e aconseja el fomento de técnicas de agricultura ecológica, evitando la siega química
con herbicida, procurando el mantenimiento de la cubierta vegetal entre calles y ser
eliminada mediante desbrozadoras con roza al aire (desbrozadora manual o mecánica
acoplada a la toma de fuerza de un tractor), para reducir el riesgo de erosión y pérdida
de suelo, ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que crecen antes de
que el suelo sea labrado, suponer un recurso para algunas especies fitófagas; y por otra
parte la conservación de estos ecosistemas antrópicos precisa de la continuidad de la
intervención humana sobre el territorio, siempre de manera sostenible.
5. N
 o podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés
para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos,
regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.).