Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062264)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU: Desarrollo de Proyectos TIC-CDTIC" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 129
Jueves 4 de julio de 2024

34033

Cuarta. Obligaciones de las partes.
En virtud del presente convenio, las partes se comprometen a:
1. H
 acer constar las señas de identidad de la Junta de Extremadura y de FEVAL-GESTIÓN DE
SERVICIOS, SLU, en cuantas actuaciones de difusión pública se realicen en el desarrollo de
las actuaciones amparadas por este convenio. Las partes se comprometen a realizar esta
mención en cualquier referencia pública que se produzca en relación al convenio.
2. L
 as partes firmantes del presente convenio se comprometen a cumplir con la normativa
comunitaria en materia de gestión y ejecución de programas cofinanciados con Fondos Europeos, así como de las obligaciones de información y publicidad previstas en la normativa
comunitaria que le resulte aplicable.
3. F
 EVAL-GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU, deberá informar sobre el nivel de logro de los indicadores de realización al mismo tiempo que justifica gastos para ser declarados en solicitudes
de reembolso.
4. F
 EVAL-GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU, se someterá a cualesquiera otras actuaciones de
comprobación y control financiero que realice la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad de Auditoria, el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los
órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo
con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con
fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida.
5. A
 simismo, FEVAL-GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU, aplicará medidas antifraude efectivas y
proporcionadas respaldadas por una evaluación de los riesgos de fraude.
Para ello, deberá disponer, al menos, de un procedimiento para abordar conflictos de intereses, de manera que garantice que no incurren en conflicto de intereses. En este sentido,
suscribirá una Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés, según modelo establecido en
el Anexo III.
Quinta. Ejecución del proyecto y plazo y forma de justificar la transferencia específica.
La fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2024, sin
perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de este
convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido
desde el 1 de enero de 2024.